Para beneficiar a un jubilado, desestiman el criterio de cosa juzgada

Un fallo del fuero de la seguridad social resolvió apartarse del principio de cosa juzgada para declarar, en el caso de un retirado de las fuerzas de seguridad, que los suplementos adicionales otorgados al personal deben ser considerados para el cálculo del ingreso de la etapa pasiva. Por tanto, la decisión tomada por los jueces de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social significa una mejora en los ingresos. Y, según lo dispuesto, la suba tendrá que calcularse desde el momento en el que la Corte Suprema de Justicia cambió su criterio sobre la materia.

La resolución se dio en el caso "Avascal, Carlos Alberto c/ Estado Nacional". El demandante ya había obtenido una sentencia desfavorable a su demanda. Fue luego de que la Corte, en la causa "Costa, Emilia c/ Caja de Retiros Jubilatorios y Pensiones Policía Federal", avalara un criterio adverso a lo pretendido.

Sin embargo, años después el tribunal supremo se pronunció en sentido contrario en la causa promovida por Jorge Humberto Oriolo y otros retirados que se vieron afectados. Así, la Justicia declaró que el haber de retiro debía calcularse teniendo en cuenta el 100% de lo cobrado en actividad, es decir, incluyendo las sumas adicionales que se daban por decreto.

Según la reciente sentencia, firmada por los jueces Luis Herrero y Nora Dorado, de la Sala II de apelaciones, "si se admitiera la aplicación puramente mecánica o ritual del instituto de cosa juzgada, se podría configurar una grave lesión al derecho de propiedad y a la incolumidad de los derechos humanos sociales, cuya protección judicial reviste naturaleza constitucional y convencional".

También se argumenta que, de no admitirse la reversión del fallo ya existente, se consagraría una desigualdad frente a quienes hicieron un reclamo por el mismo tema en fecha posterior y, por tanto, sí obtuvieron un fallo favorable por existir ya el criterio judicial de la causa Oriolo.

El fallo Avascal quedó firme ayer en cuanto a avalar una nueva decisión cuando algo ya estaba juzgado. Según fuentes judiciales, cumplido el plazo para las apelaciones, la demandada Caja de Retiros presentó su cuestionamiento sólo a la tasa aplicada para actualizar el monto implicado en el cumplimiento de la sentencia, pero no se opuso a que se haya resuelto no aplicar el criterio de cosa...

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