Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 3 de Septiembre de 2020, expediente FPA 002738/2020/CA001
Fecha de Resolución | 3 de Septiembre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 2738/2020/CA1
raná, 03 de septiembre de 2020.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “BENEDETICH, LIDIA BEATRIZ
CONTRA PAMI SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. N° FPA
2738/2020/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, y;
CONSIDERANDO:
I- Que, llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 30/07/2020, contra la resolución del 28/07/2020.
II-
-
Que, se inició el presente amparo en virtud de la acción promovida por la Sra. L.B.B.,
contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) a fin que se autorice y se ponga a disposición todo lo que resulte necesario (honorarios médicos, internación, material quirúrgico,
válvula, honorarios anestesiólogo, etc.) a efectos que pueda realizarse la cirugía de remplazo de válvula aórtica en el Sanatorio La Entrerriana de la ciudad de Paraná, para su padre, el Sr. R.B., quien tiene 87 años de edad, antecedentes de cardiopatía valvular aórtica y necesita un recambio valvular urgente debido que sufre descompensaciones en su salud.
-
Que la demandada –PAMI-, al contestar el informe del art. 8 de la ley 16986, expresó que no niega la realización el tratamiento quirúrgico, sino que la cirugía de remplazo de válvula aórtica percutáneo (TAVI) no se Fecha de firma: 03/09/2020
Alta en sistema: 04/09/2020
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
encuentra dentro de las prestaciones contratadas con el Sanatorio La Entrerriana.
Ofreció como alternativa, realizar otro tipo de práctica con los mismos fines o efectuar una derivación para concretar reemplazo valvular aórtico percutáneo (TAVI), pero con otro prestador.
-
Que, el Sr. Juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo interpuesta y ordenó Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)
que brinde al padre de la amparista, el Sr. R.B., de forma inmediata, la cobertura total de todo lo que fuere necesario para llevar a cabo el tratamiento quirúrgico de cirugía de remplazo de válvula aórtica, esto es honorarios médicos, internación, material quirúrgico,
válvula, honorarios anestesiólogo, etc.; impuso las costas a la demandada; reguló honorarios profesionales al letrado de la actora en 22 UMA y al de la demandada en 21 UMA; y tuvo presente la reserva del caso federal efectuada; hizo saber a las partes que las sentencias dictadas en las acciones de amparo relativas a la cobertura de salud son una orden de ejecución en sí mismas.
Contra dicha decisión se alzó la accionada apelante,
constestó agravios la parte actora en fecha 05/08/2020 y pasaron los presentes para resolver el 10/08/2020.
III-
-
Que, a la demandada le agravia –en síntesis-
que el Sr. Juez de grado no haya considerado las alternativas ofrecidas, sostiene que no existió una falta de respuesta de su parte, sino que puso en conocimiento a Fecha de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba