Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 18 de Noviembre de 2015, expediente A 73929

PresidenteGenoud-Kogan-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2015
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A.73.929 "BELLOCCHIO HUGO ALBERTO C/ PROV. BS. AS. (MINIST. DE O.Y S.P. -A.G.. VIALIDAD Y OTRO) S/ PRETENSION RESTABLECIM. O RECONOCIM. DE DERECHOS. --RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPL. DE LEY--"

La Plata, 18 de noviembre de 2015.

AUTOS Y VISTO :

  1. El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de San Nicolás hizo lugar a la medida cautelar peticionada por el sr. H.A.B. y ordenó a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, a través de su titular o quien haga sus veces, o al Gobernador de la Provincia en caso de ser menester, dé inmediato comienzo a los trabajos de bacheo generalizado en la Ruta Provincial N° 51 en el tramo comprendido entre las ciudades de R. y Arrecifes y que efectúe todas las tareas de mantenimiento preventivo que fueren necesarias y que permitan el tránsito sin riesgo de personas y bienes a criterio de la administración citada en primer término quien es la que ostenta la competencia al efecto, tornando efectiva la seguridad vial a cargo de la provincia; medida que se hizo extensiva el Gobernador (fs. 236/241 vta.).

    Por su parte, la Cámara de Apelación del fuero con asiento en dicho departamento judicial confirmó el fallo de grado ( fs. 412/428).

    Frente a lo así resuelto, la demandada articuló recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 433/448), el que fue concedido (fs. 449/450).

  2. Al respecto, corresponde señalar que es doctrina de este Tribunal que, en principio, las resoluciones relativas a medidas cautelares, como la aquí deducida, no resultan definitivas en el concepto del...

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