Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 22 de Mayo de 2018, expediente CNT 033526/2015/CA001

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 33.526/2015 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 52365 CAUSA Nº 33.526/2015 -SALA

VII- JUZGADO Nº 23 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 22 días del mes de mayo de 2.018, para dictar sentencia en los autos: “BELLINI MARCELO PABLO C / ASOCIART ART S.A. S/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR N.M.R.B. DIJO:

I.-El pronunciamiento de grado que hizo lugar a la demanda incoada, viene apelado por la demandada, a tenor del memorial obrante a fs.160/162, que mereció réplica de la contraria a fs. 166/167.

La accionada cuestiona que el sentenciante de grado efectúo una errada valoración de la pericia médica y el punto de partida de los accesorios de condena. Finalmente, apela la imposición de costas y los honorarios regulados por considerarlos elevados.

La representación letrada de la accionada, recurre a fs. 160, los emolumentos fijados a su favor, por estimarlos reducidos, haciendo lo propio la de igual carácter del contrario, a fs.

164.

II.-Liminarmente me abocaré al estudio del agravio deducido respecto a la apreciación del informe médico. Adelanto que le asiste razón en forma parcial.

En efecto, de la pericia médica obrante en autos a fs. 130/140 surge que el peritado presenta ante el examen de la columna cervical, contractura de los músculos paravertebrales bilaterales y el test de J., al comprimir la cabeza en posición neutral, es positivo.

Añade que frente a la palpación metódica del raquis en especial de las apófisis espinosas de las vértebras cervicales y trapecios se encuentran con tono aumentados bilateralmente ante los movimientos de lateralización y rotación. Los movimientos voluntarios (desvestirse) los realiza en un modo no muy ágil acompañados de mecanismos compensatorios para evitar la flexo extensión y lateralización de columna cervical. Los movimientos pasivos se encuentran limitados por el dolor y la contractura muscular refleja de la columna cervical. En este sentido, explica el idóneo la medición efectuada con goniómetro: flexión normal: 45º en tanto el accionante presenta un 40º; la extensión: 35/40º contra 40º, rotaciones: 60º contra 55º e inclinaciones laterales 45º contra 40º; todo lo cual le produce una minusvalía física del 7,55%

de la t.o. incluido los factores de ponderación (conforme fs. 172/173), a causa del incidente descripto en el libelo inicial.

Respecto a la faz psicológica, el Sr. B. presenta fallas de atención, memoria con déficit, dificultad de concentración, indicadores de perturbación emocional, inhibición, enlentecimiento, hipobulia, introspección, desinterés por nuevos proyectos, desgano...

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