Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 23 de Noviembre de 2021, expediente FCR 008565/2021/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 8565/2021/CA1

BEJARANO, ALEXIS EZEQUIEL

s/HABEAS CORPUS

-RESOLUCION-

J. F. RAWSON N° 2

modoro Rivadavia, 23 de noviembre de 2021.

AUTOS Y VISTO:

Este Expte. N° FCR 8374/2021/CA1, con motivo de la

denuncia de hábeas corpus promovida por el interno B.A.E., en trámite

ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia N° 2 de R..,

Y CONSIDERANDO:

I.– Que, a fs. 23/25 vta. el aquo rechazó in limine la

denuncia de hábeas corpus promovida a fs. 3/6 por el nombrado alojado en la Unidad

Carcelaria Nº 6 del S.P.F. de R. y elevó las actuaciones a esta cámara de apelaciones en

virtud de la consulta que prevé el art. 10 de la Ley 23.098.

  1. Que, en la audiencia prevista en el art. 9, último

    párrafo, ley 23.098, efectuada mediante conversación telefónica en el marco de la

    Emergencia Sanitaria decretada mediante DNU 297/2020 y sus modificatorias, ante el J. y

    la actuaria, el interno manifestó: “… Que vengo a reclamar por los derechos laborales

    dentro de la Unidad N º6 de R. de. S.P.F. Se me están vulnerando el derecho de

    trabajo. En esta Unidad el pago de trabajo a los internos son diferentes. Algunos le pagan

    más que a otros. Además hacen preferencias en la elección de los internos para la

    designación de los distintos talleres. Por tal motivo continuo con el habeas presentado.

    Además tuve comunicación con la Procuración General de la Nación, y ellos me dijeron que

    le de curso ya que ellos le van a dar el seguimiento. (…)”. Por último solicitó atención médica

    porque “me duele mucho la panza” B. expresó su voluntad de continuar con el trámite del

    habeas corpus articulado (cfr. acta de fs. 8).

    Que en atención a lo manifestado por el interno, el aquo

    requirió al Director de la Unidad 6 de R. que informe:

    1) a) de manera pormenorizada la distintas categorías

    que integran los talleres productivos de la unidad carcelaria y las categorías laborales

    dependientes de seguridad interna;

    1. la cantidad de horas asignadas a cada categoría y la

      manera de selección de internos trabajadores;

    2. informe con respecto al interno B. de manera

      detallada las distintas categorías laborales que ha desempeñado y la afectación actual, así

      como los cambios de tareas y los motivos de los mismos d) remitir constancias de audiencias del interno B.

      con el área de trabajo desde el 2019 a la fecha.

      Fecha de firma: 23/11/2021

      Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA

      Firmado(ante mi) por: F.J.A., SECRETARIO DE JUZGADO

      Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 8565/2021/CA1

      BEJARANO, ALEXIS EZEQUIEL

      s/HABEAS CORPUS

      -RESOLUCION-

      J. F. RAWSON N° 2

      2) Arbitrar los medios necesarios a fin de que se le

      brinde atención médica al interno conforme lo dispuesto por el art. 143 de la ley 24.660.

      Que a fs. 11/21, en respuesta a los informes requeridos

      el Sr. Jefe de la Sección Trabajo de la U6, O.J.O.F.S., se remitieron

      las constancias de audiencias mantenidas con el interno B., e informó que hay dos

      categorías laborales que se encuentran divididas en servicio y producción; que los talleres

      denominados servicios comprenden higiene de alojamiento, mayordomía, aseo y limpieza y

      mantenimiento, los talleres de producción comprende carpintería, sastrería, bloquería,

      tapicería, panadería, herrería, horticultura, reciclado de papel e imprenta; que la totalidad de

      los talleres se gestionan bajo la órbita del Ente de Cooperación Penitenciaria; que la

      posibilidad de afectación laboral se evalúa de acuerdo al tiempo de estadía que lleva el

      interno en el establecimiento, actitud y predisposición para con las tareas encomendadas,

      criterios que son evaluados en distintas audiencias con las diferentes áreas de tratamiento;

      que las horas computadas no se encuentran preestablecidas sino que se computan las horas

      efectivamente trabajadas siendo las horas en que cada interno trabajador se encuentra

      ...

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