Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 23 de Noviembre de 2017, expediente FLP 063109020/2013/CA002

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II La Plata, 23 de noviembre de 2017.

Y VISTOS: estos autos Nº FLP 63109020/2013 caratulados “Beget, O.D. c/ANSeS s/ reajuste de haberes”, procedentes del Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Junín; CONSIDERANDO:

LA JUEZA CALITRI Y EL JUEZ ÁLVAREZ DIJERON:

I- La sentencia de primera instancia, en sustancia, ordenó a la ANSES recalcular el haber inicial del actor y determinar su movilidad con los alcances de los precedentes “S.”, “Elliff” y “B.” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declaró la inconstitucionalidad del art.7 inc. 2 de la Ley 24.463 e hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada, declarando prescriptos los períodos anteriores a los dos años de la petición del reajuste en sede administrativa, con más intereses. Impuso las costas en el orden causado.

II- La parte demandada dedujo recurso de apelación (fs. 84), expresando agravios a fs. 90/99.

En síntesis, la recurrente se queja de: a) la integración de las diferencias resultantes entre lo que percibe la actora a través de Consolidar Cia. de Seguros y el mínimo legal vigente reconocido a los beneficiarios del SIPA; b) el a quo dispuso aplicar el precedente “B.” en violación a los principios de congruencia, defensa en juicio, debido proceso, preclusión procesal y seguridad jurídica; c) la omisión de fundamentar la decisión apelada, calificándola de arbitraria por efectuar una interpretación imprevisora e imprudente; d) la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la Ley 24.463; e) las pautas establecidas para la determinación del haber inicial; f) las pautas de movilidad dispuestas por el a quo.

III- Cabe señalar que la actora obtuvo el beneficio previsional en el marco de la ley 26.425, presentando reclamo administrativo de reajuste de haberes, el que fue denegado (fs.

4/6).

IV- Ante todo, en cuanto a la determinación del haber inicial, corresponde remitir a las consideraciones efectuadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 11/08/09 en Fecha de firma: 23/11/2017 Alta en sistema: 27/11/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., juez de camara #24769314#192922362#20171124101038401 el precedente “Elliff, A.J. c/ ANSES s/reajustes varios”, en cuanto dispuso, entre otras cuestiones, que la actualización de las remuneraciones computables a efectos de determinar las prestaciones compensatoria (P.C.) y adicional por permanencia (P.A.P.), debían practicarse hasta la fecha de adquisición del beneficio, sin la limitación temporal establecida en la resolución de la ANSES nº 140/95.

Al respecto, la Corte señaló que “el...

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