Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 7 de Septiembre de 2020, expediente CNT 078366/2016/CA001

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT. INT. EXPTENº CNT78366/2016/CA1 (41571)

JUZGADO Nº: 72 SALA X

AUTOS: “BEDROSSIAN, J.G.C./ ASOCIACION EMPLEADOS

DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS DE AYUDA MUTUA Y

PREVISION S/ DESPIDO”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de aclaratoria interpuesto por la actora contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal con fecha 31 de Julio de 2020.

Y CONSIDERANDO:

Que al respecto, siendo suficientemente clara la resolución dictada por el Tribunal, corresponde desestimar el pedido solicitado.

Que a mayor abundamiento, cabe señalar que, tal como lo ha sostenido reiteradamente esta Cámara, la apreciación de los dictámenes periciales, conforme las reglas de la sana crítica (art. 386 CPCCN) constituye una facultad de los jueces, quienes tienen respecto de esta prueba las mismas atribuciones que para el análisis de las restantes medidas probatorias, pudiendo hacerlo con la latitud que le adjudica la ley. Aun cuando se requiera el conocimiento científico-técnico de la medicina por el cual se convoca a los médicos como auxiliares de la justicia, resulta una atribución exclusiva de los jueces, evaluadas las circunstancias de cada caso concreto, la determinación de la existencia y alcance de la incapacidad laborativa del trabajador y su vinculación laboral (cfr. arts. 386 y 477 CPCCN, y esta S., S.D.262, 18/09/1996, “R. de P.A. c/ ENTEL s/ accidente-ley 9688”, entre muchas otras).

Que en ese ese marco de apreciación, el informe pericial enarbolado por la quejosa contiene elementos probabilísticos en sus fundamentos que impidieron su adopción como criterio definitivo, al aludirse a los hechos de autos como una hipótesis (“Es posible…”; “Lo sucedido puede producir daño psicológico…”; “Sería una consecuencia traumática…”) y al expresar que el...

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