Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Septiembre de 2017, expediente Rl 121048

PresidentePettigiani-Negri-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

BECERRA FRANCO DAMIAN C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

La Plata, 27 de septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. El Tribunal de Trabajo del Departamento Judicial de Junín, en lo que aquí interesa destacar, hizo lugar a la demanda instaurada por F.D.B. y, en consecuencia, condenó a Galeno ART SA a abonarle la suma que indicó en concepto de prestaciones indemnizatorias dinerarias adeudadas (v. fs. 136/148 y vta.).

  2. Frente a lo así resuelto, la legitimada pasiva dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 165/173), oportunidad en la que manifestó haberlo interpuesto dentro de los diez días desde la notificación de la sentencia (v. fs. 166).

    A su turno, ela quodenegó el remedio extraordinario de inaplicabilidad articulado por considerar que su promoción fue efectuada fuera del término legal (v. fs. 174 y vta.).

    Contra esta decisión, la accionada dedujo recurso de queja ante esta Corte en los términos del art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial (v. fs. 264/267).

    En la vía directa incoada ante esta sede, la quejosa alega -a diferencia de lo establecido por el tribunal de origen- que la sentencia recurrida le fue anoticiada en fecha 25 de marzo de 2017. En consecuencia, opina que la decisión por la cual se desestimó la vía extraordinaria por haber sido articulada por fuera del plazo de ley es arbitraria e incurre en un excesivo rigor formal.

  3. Al respecto cabe señalar que el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley intentado -como concluyó ela quo- ha sido deducido fuera del término establecido al efecto por el art...

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