Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 21 de Marzo de 2017, expediente CAF 072924/2015/CA002

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° CAF 72924/2015/CA2, “BBVA BANCO FRANCES SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45” –

CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I -

INTERLOCUTORIO M., de marzo de 2017.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por BBVA BANCO FRANCES S.A. contra la Disposición N° 361/2015 de la Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI), en virtud de la cual se le impuso la multa de pesos doscientos cincuenta mil ($

    250.000) y se le ordenó la publicación de la parte dispositiva de aquella, por infracción al Art. 19 de la ley 24.240 (Modif. por ley 26.361), al incumplir en la prestación del servicio de extracción de efectivo por cajero automático.

  2. La recurrente se agravió considerando errónea la interpretación que se hizo del Art.19 y afirmó que el objetivo de la citada norma es proteger al consumidor de prácticas abusivas comerciales y que el caso de autos en nada se relaciona con la interpretación y espíritu de la ley. Afirmó que es falso que se hayan liquidado en concepto de adelantos en efectivo sumas en exceso al límite acordado y sostuvo que ninguna de las extracciones superó el límite diario, que en ese momento era de $ 7.500.

    Alegó que su mandante procedió a realizar las investigaciones pertinentes desde el momento en que el consumidor efectuó el desconocimiento de las Fecha de firma: 21/03/2017 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA #27823131#172656710#20170317123655757 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° CAF 72924/2015/CA2, “BBVA BANCO FRANCES SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45” –

    CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I -

    INTERLOCUTORIO extracciones y que se le dio la respuesta correspondiente en la primera audiencia de conciliación, informándose que los reclamos habían sido resueltos en contra del cliente. Expuso que dichas circunstancias tornaban nula de nulidad absoluta la disposición atacada por ser violatoria del principio de legalidad al haberse impuesto una sanción de forma arbitraria e infundada, sin analizar la realidad de los hechos ocurridos. En base a las mismas circunstancias, entendió que la sanción se encontraba viciada por falta de causa, debido a que se desconocieron los hechos y las pruebas obrantes en las actuaciones administrativas. Agregó que se incurrió en una interpretación irrazonable de las normas de defensa del consumidor. Por otra parte, y en forma subsidiaria, se quejó por el monto de la sanción impuesta y manifestó que carece de toda graduación, análisis y explicación respecto a los parámetros que guiaron al organismo a la imposición de tamaña sanción, considerándola excesiva. Finalmente, hizo reserva del caso federal, ofreció prueba y solicitó se revoque la disposición apelada.

    A Fs. 237/251 contestó agravios el Estado Nacional.

  3. A Fs. 273/273Vta. obra el dictamen del Sr. fiscal general, quien dictaminó que esta Alzada resultaba competente para entender en autos.

    Fecha de firma: 21/03/2017 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA #27823131#172656710#20170317123655757 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° CAF 72924/2015/CA2, “BBVA BANCO FRANCES SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45” –

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    INTERLOCUTORIO

  4. En primer lugar, ha menester recordar que...

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