Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 22 de Marzo de 2018, expediente CCF 003212/2013

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N°3212/13– S.I. – B. y otros C/ Ministerio

de Economía y Finanzas Públicas de la Nación S/ Programas de Propiedad

Participada

Juzgado N° 1 Secretaría N° 2 Buenos Aires, 22 de marzo de 2018.

Y VISTO:

El recurso de revocatoria in extremis interpuesto por el Estado

Nacional a fs. 637/643, contra la resolución de fs. 634/635, y CONSIDERANDO:

  1. La parte demandada solicita revocatoria in extremis respecto de la

    resolución dictada el día 19 de octubre de 2017 (obrante a fs. 634/635), que declaró la

    caducidad de la segunda instancia. En su presentación considera que lo decidido por este

    Tribunal hace caso omiso de las circunstancias imperantes en autos que confluyeron para

    generar confusión tanto en los litigantes como en el Juzgado interviniente, tal como se

    reconoció en la resolución cuestionada. Señala que el recurso de apelación fue

    interpuesto por su parte el 21/03/16 –contra la resolución recaída el 11/03/16 que

    rechazara la excepción de litispendencia interpuesta por el Estado Nacional y, desde

    aquella fecha, realizó todos los actos impulsorios pertinentes hasta que el expediente

    quedó en condiciones de ser elevado a esta Cámara. Aclara que por escrito, el 26/04/16

    solicitó la elevación a la Alzada, lo que se tuvo presente el 26/04/16, no quedando tarea

    pendiente a cargo de su parte y con ello resulta palmario que los pasos procesales que

    pesaban sobre ella se encontraban totalmente cumplidos y la causa en estado de

    elevación.

    Destaca que este Tribunal reconoció la situación confusa reinante en autos

    respecto al pase a Cámara ordenado por nota del 27/04/16 de lo que se extrae que lo

    único que restaba llevar a cabo era el pase físico en sí mismo, razón por la que solicita la

    aplicación del art. 313 inc. 3 del CPCCN.

    Indica que si bien la resolución destacó que fue la parte actora la que pidió

    la búsqueda del expediente el 08/03/17, omitió aclarar que el día anterior, 07/03/17,

    figuraba otro movimiento relativo a que su parte dejó nota a las 11:29 en esta Sala,

    Fecha de firma: 22/03/2018 Alta en sistema: 27/03/2018 Firmado por: NAJURIETA - URIARTE, #16110442#192153017#20180323095258729 entendiendo que el expediente se hallaba aquí. Finalmente, sostiene que se pretende

    imponer más obligaciones a su parte que las que le correspondían, lo que configura un

    claro y arbitrario apartamiento de la solución legal prevista para el caso.

  2. El recurso de revocatoria previsto por el...

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