Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 7 de Febrero de 2020, expediente CNT 005605/2014/CA001

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.DEF. EXPTE Nº: 5605/2014/CA1 (51.056)

JUZGADO Nº: 29 SALA X

AUTOS: “BAYON EDGARDO NICEO C/ PROVINCIA ART S.A. S/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, 07/02/20

El Dr. G.C. dijo:

I.-Vienen estos autos a la alzada a propósito de los recursos que contra el pronunciamiento de fs. 265/268 interpuso el actor a tenor del memorial obrante a fs. 269/270., el cual mereció la réplica de su adversaria a fs. 275/276.

II.-Se agravia el accionante por la reducción del porcentaje de incapacidad psicofísica practicada por la magistrada del a primera instancia, con respecto a la merma laborativa que fue asignada por el experto médico interviniente.

Cuestiona en particular la determinación global de un porcentual incapacitante por parte de la “a quo”, a su entender, sin la debida fundamentación.

Adelanto que le asiste parcialmente razón al apelante.

En efecto, la magistrada “a quo” redujo el porcentual incapacitante psicofísico determinado por el perito médico (19%, de los cuales 15% corresponden por incapacidad psicológica y 4% por incapacidad física) en un 9,5%, sin distinguir en qué medida corresponde a la merma laborativa en su aspecto físico y en el orden psíquico. Luego en cuanto a los fundamentos de su decisión se limita a señalar que de los estudios complementarios practicados al actor (RMN) se evidencia la concurrencia de factores de carácter degenerativo, con trascripción del informe de la respectiva Resonancia Magnética y que el examen psicológico da cuenta de la concurrencia de factores inherentes a la personalidad del actor que confluyen en la determinación de la minusvalía estimada por el perito.

En lo atinente al grado de incapacidad atribuido al accionante por el experto médico (19% de la t.o. -15% por DSM IV y un 4% por lesión del hombro derecho) el peritaje informó: “las secuelas actuales según la pericia médica : en la revisación realizada en mi consultorio, se observó dolor a los movimientos de rotación y abducción del brazo derecho, con un cicatriz en dicho hombro de 3cm que según refiere el actor, es a consecuencia de la cirugía que se llevó a cabo a través de su Obra Social luego de ser atendido varias veces y para el tratamiento de la distinción ligamentos en dicha zona. Se observó Resonancia Magnética de la zona, leve impactación de la articulación carcomió clavículas sobre el manguito tendinoso, con un defecto en la inserción en la tuberosidad mayor contornos irregulares y señal aumentada en t1

Fecha de firma: 07/02/2020

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

y t2 por edema y hemorragia. Compatible con desgarro parcial en espesor parcial.” A lo cual agregó en orden al aspecto psicológico que “se observa también un cuadro de alteración psicología con temor a realizar sus tareas cotidianas y desenvolvimiento socio laboral por lo cual se le solicito un psicodiagnóstico que adjunto a la pericia” (ver fs...

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