Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 8 de Junio de 2010, expediente 20.646/08

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 98117 SALA II

Expediente Nro.:20.646/08 (Juzg. Nº 18)

AUTOS: "BAYO JAVIER CARLOS C/CASIBA S.A. Y OTRO

S/ACCIDENTE- ACCION CIVIL"

VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, el 8 JUNIO 2010, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia de-

finitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continua-

ción.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia dictada en la instancia previa se alza la parte actora, a tenor del memorial que luce anejado a fs. 467I/470I.

El accionante finca su disenso con el decisorio de grado cuestionando el rechazo de la demanda incoada. Argumenta, que la propia empleado-

ra aportó en la causa la denuncia del siniestro padecido por éste ante la ART lo que,

demostraría -a su criterio- su acaecimiento. Asimismo, sostiene que el accidente en cuestión fue aceptado por la Caja Aseguradora de Riesgos del Trabajo, pese a que ésta alegó la ausencia de incapacidad del trabajador. Finalmente, critica el modo de imposición de las costas del litigio.

L., cabe poner de resalto que el actor alegó

en el escrito inicial que, “el 29 de mayo de 2007 a las 14 hs. había sido comisionado para efectuar la entrega de una unidad motocompresor dividida en 6 componentes, los cuales pesaban entre 300 y 1.000 kilos aproximadamente cada uno… que inmovilizó

el componente de 1.000 kilos y que ello le importó un esfuerzo desmedido… que al manejar el segundo componente de 700 kilos aproximadamente éste se resbaló… que él intentó soportar el peso y reacomodarse, pero sufrió un sobreesfuerzo que le ge-

neró un severo y agudo dolor a nivel lumbar” (ver fs. 6vta.).

Por su parte, la empleadora negó en su contestación de demanda el accidente invocado y alegó que, “el día 29 de mayo de 2007 el actor le comunicó que el día 24 de mayo de 2007 en momentos en que realizaba sus tareas sintió dolor en la zona lumbar… que por ello realizó la pertinente denuncia ante la ART.”

E.. N.. 20.644/08

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario En tal sentido, la Caja ART S.A. indicó que, “con fecha 29/5/07 se denunció el siniestro nro. 339764, sufrido por el actor el día 24/5/07 (en la demanda se consigna como acaecido el 29 de mayo) quién habría quedado inmovi-

lizado al sufrir un tirón en la zona lumbar de su...

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