Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 24 de Febrero de 2023, expediente FPA 007654/2022/CA001

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 7654/2022/CA1

Paraná, 24 de febrero de 2023.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “BATTISTI, N.B.

CONTRA ANSES Y OTRO SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. N° FPA

7654/2022/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay; y CONSIDERANDO:

I- Que, llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la parte demandada el 09/11/2022,

contra la sentencia del 04/11/2022 que, en lo que aquí

interesa, hizo lugar a la acción de amparo promovida y reguló honorarios a la letrada de la parte actora, Dra.

P.B.B., en la cantidad de 22 UMA, los que la accionada considera altos.

El recurso se concede el día 24/11/2022 y pasan las actuaciones para resolver el 10/02/2023.

II- Que, al analizar la regulación de primera instancia, se advierte que los honorarios estipulados a la letrada de la parte actora en la cantidad de 22 UMA,

resultan adecuados en relación a la calidad y extensión de las intervenciones efectuadas, resultado exitoso obtenido y a las pautas dispuestas por los arts. 16, 20, 48 y concordantes de la ley 27.423, respetándose también el mínimo de orden público establecido en la ley citada.

Por ello, corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la regulación de honorarios de primera instancia.

III- Que, debe señalarse que las apelaciones contra las regulaciones de honorarios no generan costas ni Fecha de firma: 24/02/2023

Alta en sistema: 27/02/2023

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

conllevan nuevos honorarios, por lo que no se distribuyen costas ni se determinan estipendios en esta instancia,

conforme lo dispuesto por este Tribunal, con anterior integración en la causa: “TOPINO CARLOS JOSÉ C/ L.T. 14

RADIO GENERAL URQUIZA - LABORAL”, Expte. N° 26-59.952-5.194-

2.000; y con la actual integración en: “RODRIGUEZ, RODOLFO

RICARDO EN REPRES DE BUONOCORE FILOMENA M CONTRA IOSFA

SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. Nº FPA 2305/2020,

sentencia de fecha 20/08/2020; “HUARANCA, J.L. CONTRA

ESTADO NACIONAL SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIA”, E.. N° FPA

20358/2018/CA1, sentencia del 09/09/2020, entre otros.

Por ello, SE

RESUELVE:

Rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la regulación de honorarios de primera instancia.

No imponer costas ni regular...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR