Basile C/Ing. Espinosa

Primer Juzgado Civil, Tercera Circunscripción, Autos N° 56.105, caratulados: "BASILE JORGE RAÚL Y OT. c/INGENIERIA ESPINOSA Y CIA S.R.L. p/DESALOJO", notifica a: Ingeniería Espinosa y Cía S.R.L., el proveído a fs. 39: "Gral. San Martín, Mza., 29 de octubre de 2015. Proveyendo fs. 37, agréguense y ténganse presente los comprobantes de pago de Tasa de Justicia, Derecho Fijo y Caja Forense acompañados. Téngase por cumplido el emplazamiento de fs. 32, en consecuencia a la presentación de fs. 28/29 se provee: Téngase a la Dra. María Ángeles de Blasis por presentada, parte y domiciliada en representación de Jorge Raúl Basile y María Isabel Basile en mérito al escrito ratificatorio acompañado, el que se tiene presente y se manda agregar. Agréguense y téngase presente la documentación en copia acompañada. De la demanda incoada, traslado por diez días al accionado Ingeniería Espinosa y Cía S.R.L. fin de que comparezca, constituya domicilio legal y conteste demanda, bajo apercibimiento de ley (Arts. 21, 399 bis, 74, 75 168 y 212 inc. 1 del C.P.C.). Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. Dé cumplimiento el Oficial Notificados con lo...

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