Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 1 de Septiembre de 2015, expediente FSA 015000741/2009/CA001

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “BARUCCA, BALDROMINA JUANA c/ ANSES Y OTRO s/ REAJUSTES VARIOS”, Expte. nº 15000741/2009 (Juzgado Federal Nº 1 de Salta)

TA, 1 de septiembre de 2015.-

AUTOS Y VISTO:

  1. Que la cuestión planteada en las presentes actuaciones resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “FIORI, I.R. c/ ANSES y otro s/ Expedientes civiles”, Expte. N.. 15000255/2010, sentencia del 13 de agosto de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

    En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que la actora obtuvo el beneficio de jubilación ordinaria el 26/06/1991, por la ley 6335/85 de la Provincia de Salta; y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la ANSES, a través de la resolución RNT-E 1178/09 (fs. 6/7).

    Por lo que se

    RESUELVE:

  2. RECHAZAR el agravio de la codemandada Provincia de Sala referido al rechazo de la defensa de falta de legitimación pasiva y, en su mérito, CONFIRMAR lo decidido en origen al respecto, de conformidad con lo dispuesto por la cláusula Fecha de firma: 01/09/2015 Firmado por: M.W.C. Firmado por: M.V.C.O. Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta 16 y cc. del Convenio de Transferencia de Previsión Social de la Provincia de Salta al Estado Nacional.-

  3. HACER LUGAR parcialmente a los agravios de ambas demandadas dirigidos a cuestionar lo decidido por el a quo con relación al reajuste del haber previsional de la actora y, en su mérito, REVOCAR parcialmente la sentencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR