Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 11 de Septiembre de 2023, expediente FPA 004002/2023/CA001
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 4002/2023/CA1
Paraná,11 de septiembre de 2023.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “BARRERA, ROSARIO VERONICA
(POR LA REPR. INVOCADA) CONTRA IOSFA SOBRE AMPARO LEY
16.986”, Expte. N° FPA 4002/2023/CA1, provenientes del Juzgado Federal N°2 de Paraná; y CONSIDERANDO:
I- Que, llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido el 04/07/2023 por la demandada –IOSFA-,
contra la resolución del 30/06/2023 que, en lo que aquí
interesa, hizo lugar a la acción de amparo promovida y reguló honorarios al letrado de la parte actora, Dr. D.B.B., en la cantidad de 21 UMA.
El recurso se concede el día 03/08/2023 y pasan las actuaciones para resolver el 25/08/2023.
II- Que, la apelante considera altos los honorarios regulados al letrado de la actora.
Mantiene reserva del caso federal.
III- Que, al analizar la regulación de primera instancia, se advierte que los honorarios estipulados al letrado de la parte actora en la cantidad de 21 UMA, no resultan excesivos en relación a la calidad y extensión de la intervención efectuada, resultado exitoso obtenido y a las pautas dispuestas por los arts. 16, 20, 48 y concordantes de la ley 27.423, respetándose también el mínimo de orden público establecido en la ley citada.
Por ello, corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la regulación de honorarios de primera instancia.
Fecha de firma: 11/09/2023
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA
IV- Que, cabe señalar que las apelaciones contra las regulaciones de honorarios no generan costas ni conllevan nuevos honorarios, por lo que no se distribuyen costas ni se determinan estipendios en esta instancia, conforme lo dispuesto por este Tribunal, con anterior integración la causa: “TOPINO CARLOS JOSÉ C/ L.T. 14 RADIO GENERAL URQUIZA
- LABORAL”, Expte. N° 26-59.952-5.194-2.000; y con la actual integración en: “RODRIGUEZ, RODOLFO RICARDO EN REPRES DE
BUONOCORE FILOMENA M CONTRA IOSFA SOBRE AMPARO LEY 16.986”,
Expte. Nº FPA 2305/2020, sentencia de fecha 20/08/2020;
HUARANCA, J.L. CONTRA ESTADO NACIONAL SOBRE
EJECUCIÓN DE SENTENCIA
, E.. N° FPA 20358/2018/CA1,
sentencia del 09/09/2020, entre otros.
Por ello, SE
RESUELVE:
Rechazar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la regulación de honorarios de primera instancia.
No imponer...
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