Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 4 de Noviembre de 2021, expediente FSA 011000146/2007/CA002
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA CIVIL 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II
BARRERA, L.R. Y OTROS
c/ CONCANOR S.A Y OTROS s/
DAÑOS Y PERJUICIOS
Expte. N° FSA 11000146/2007/CA2
JUZGADO FEDERAL DE SALTA Nº1
ta, 4 de noviembre de 2021.
VISTO:
La petición regulatoria de los honorarios correspondientes a la actuación cumplida en segunda instancia que articulara la Dra. M.P.A. -apoderada de la actora- en fecha 24/6/2021 y reiterada el 12/10/2021; y CONSIDERANDO:
1) Que la Dra. A. solicitó la regulación de sus estipendios profesionales por su participación en el recurso de apelación ante este Tribunal y asimismo, requirió se añadan intereses desde la fecha de la sentencia que hizo lugar a la apelación.
2) Que teniendo en cuenta lo solicitado, lo previsto en la ley 21.839
(art. 14) aplicable a la especie y considerando la tarea profesional desempeñada en esta instancia por la Dra. M.P.A. (expresión de agravios de fecha 6/9/2017 y contestación de agravios de fecha 25/9/2017), el resultado obtenido, así como la manera en que fueron impuestas las costas (sentencia del 2/3/2018), como así también el monto regulatorio establecido en primera instancia -$35.750- (fecha 23/10/2019) que se encuentra firme, se regulan sus honorarios profesionales en la suma de $12.512,5 (pesos doce mil quinientos Fecha de firma: 04/11/2021
Firmado por: M.X.S.P., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II
doce con cincuenta centavos), debiendo adicionarse el IVA en caso de corresponder.
3) Que en cuanto a la petición de añadir intereses desde la fecha de la sentencia que hizo lugar a la apelación resulta improcedente, debiendo recordarse el fallo de esta Cámara -antes de su división en salas- en autos “Samerbil S.A. c/ EDESA S.A. y TRASNOA S.A. s/ Ordinario – Honorarios”
de fecha 16/12/13, donde se dijo, en cuanto a los intereses aplicables a los honorarios, que deben computarse desde la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba