Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 15 de Marzo de 2000, expediente B 57663

PonenteJuez PETTIGIANI (SD)
PresidentePettigiani-Laborde-Pisano-Ghione-Hitters
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2000
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a quince de marzo de dos mil, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., L., P., G., Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 57.663, “B., M.A. contra Municipalidad del Partido de San Fernando. Demanda contencioso administrativa”.

A N T E C E D E N T E S
  1. La señora M.A.B., con patrocinio letrado, promueve demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad del Partido de San Fernando solicitando la anulación de los decretos 1210/96, por el que se dispuso su baja como agente por aplicación de la ley 11.685 y 1561/96, por el que se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto contra la aludida decisión.

    Pide, por consecuencia, se condene a la demandada a reincorporarla en el cargo que desempeñaba con reconocimiento de antigüedad laboral y a abonarle los haberes devengados durante dicho lapso, con intereses y costas.

    Como fundamento esencial imputa a los actos cuestionados, amén de falta de motivación, no basarse en criterio alguno de racionalización ni disminución del gasto público y, por ende, desvío de los fines de la ley 11.685 que invoca.

    Niega que se hayan configurado las razones de servicio invocadas entendidas como recomposición de los cuadros administrativos en función de una mayor idoneidad, en la inteligencia de que sus antecedentes laborables son harto significativos para asignar a su baja dicho alcance. Sostiene que en su caso hubo una cesantía encubierta, violatoria de la garantía de estabilidad.

  2. Corrido el traslado la Municipalidad del Partido de San Fernando contesta la demanda y, sobre la base de defender la legitimidad de los actos impugnados, solicita su rechazo, con costas. En subsidio, pide se apliquen los postulados de la ley 11.756 y su decreto reglamentario 690/96.

  3. Contestado por la actora el traslado conferido a fs. 215, agregadas las actuaciones administrativas y la documentación en fotocopias, así como el cuaderno de pruebas de la actora y el alegato de la demandada (a ésta en virtud de lo resuelto por el Tribunal a fs. 231/232 se le dio por cumplida la prueba ofrecida y aquélla no hizo uso de tal derecho), la causa se halla en estado de ser resuelta, por lo que corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O...

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