Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 13 de Julio de 2022, expediente CNT 022696/2021/CA001

Fecha de Resolución13 de Julio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.INT. 2 - 3 EXPTE. Nº 22.696/2021/CA1 (59.880)

JUZGADO Nº: 54 SALA X

AUTOS: “BARRACAS, LOGISTICA S.A. C/ QUINTEROS, S.B. S/

CONSIGNACION”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la defensoría de menores e incapaces.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes los honorarios regulados a favor de las representaciones letradas de la actora y demandada resultan equitativos por lo que cabe confirmarlos (cfr.

arts. 6, 7, 9, 19, 22 y cctes. Ley 21.839 y Ley 27.423).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados a favor de las representaciones letradas de la actora y demandada;

2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856

y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

DGQ

Fecha de firma: 13/07/2022

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

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