Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 6 de Marzo de 2023, expediente CIV 107944/1983/CA003

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A

107944/1983

B.A.H. s/DETERMINACION DE LA

CAPACIDAD

Buenos Aires, 06 de marzo de 2023.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Compulsadas las actuaciones a los fines previstos por los arts. 253 bis y 633, del ordenamiento adjetivo, no se observan vicios manifiestos en los trámites esenciales y la sentencia tiene sustento en las pruebas y el derecho aplicable.

Por ello y, de conformidad con lo dictaminado al respecto por la Representante del Ministerio Pupilar de Cámara, se confirma la sentencia dictada el día 5 de diciembre de 2022 (conf. artículos 31, 32,

38 y 43 del Código Civil y Comercial de la Nación).

N. a la Defensora de Menores de Cámara, y a los interesados en los términos de las Acordadas 38/13, 31/11 y concordantes. P. en el Centro de Comunicación Pública de la C.S.J.N. (conf. Acordadas 15 y 24/2013 –del 14 y 21 de agosto de 2013, respectivamente-) y oportunamente devuélvanse, haciéndose saber que en primera instancia deberá notificarse la recepción de las actuaciones y el presente fallo a los restantes involucrados si los hubiere, en forma conjunta, y deberán arbitrarse los medios a fin de dar cumplimiento con lo requerido por la Sra. Representante del Ministerio Pupilar de Cámara en el apartado V del dictamen que antecede.-

RICARDO LI ROSI

CARLOS A. CALVO COSTA

SEBASTIÁN PICASSO

Fecha de firma: 06/03/2023

Alta en sistema: 07/03/2023

Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

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