Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 29 de Diciembre de 2015, expediente COM 007266/2014

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 7266/2014 B.C.G. c/V.G.A. s/EJECUTIVO.

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2015.

  1. El ejecutado apeló en fs. 139 la resolución de fs. 133/134, en cuanto rechazó su impugnación y aprobó las cuentas efectuadas por su contraria.

    Sus fundamentos de fs. 143/144 fueron contestados en fs. 146/147.

  2. (a) Debe comenzar por recordarse que uno de los principios fundamentales del ordenamiento procesal es aquel que prescribe, en la ejecución de sentencia, que la liquidación ha de practicarse de conformidad con las pautas fijadas por el juzgador, sin desconocerlas, ni modificarlas de ningún modo, y sobre todo, sin ampliar los rubros que incluyen ni el quantum que establecen; es decir, que la observancia de la decisión judicial ha de ser fiel y estricta (Fallos 313:1409, citados por esta S., 2.11.09, "P., O.A. y otros c/Huemul S.A. y otros s/sumario"; en similar sentido, esta S., 29.6.11, “Aerolíneas Argentinas S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de verificación de crédito por B.M., P.” y 5.11.15, “M., O.O. c/ Volkswagen Argentina S.A. y otro s/ ordinario”)

    (b) Ello sentado, se anticipa que, tras una recta lectura de las decisiones adoptadas en la causa (fs. 74/77 y 104/105), la proposición recursiva de que se trata habrá de desestimarse.

    En efecto, es que –conforme esas resoluciones– el monto de la condena ha quedado expresado en moneda extranjera, más precisamente, en dólares estadounidenses, con lo cual mal puede ahora, en ocasión de practicarse las cuentas, deducir tardíos planteos postulando que la solución debió ser otra en Fecha de firma: 29/12/2015 función de la conducta desplegada por el ejecutante con anterioridad a esas Firmado por: J.J.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: JULIO FEDERICO PASSARON, SECRETARIO DE CAMARA #23118418#145207648#20151229104555204 ocasiones.

    Y algo similar ocurre respecto de lo depositado en un pedido de quiebra, habida...

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