BANCO DE SERVICIOSY TRANSACCIONES S.A.

Fecha de disposición04 Marzo 2013
Fecha de publicación04 Marzo 2013
SecciónTercera Sección - Contrataciones

AVISO DE EMISIÓN

Se hace saber por un día que Banco de Servicios y Transacciones S.A. (el “Banco”), una sociedad anónima con domicilio legal en la Avenida Corrientes 1174, piso 3º de la Ciudad Autónoma de Buenos Argentina, República Argentina, inscripta en la Inspección General de Justicia el 9 de febrero del 2000, bajo el Nº 1880 del Libro 9 de Sociedades por Acciones y autorizada a funcionar como entidad financiera por el Banco Central de la República Argentina el 28 de febrero del 2000, bajo la denominación “Heller Financial Bank S.A.”, con un plazo de duración de 99 años desde su constitución, emitió la cuarta clase de obligaciones negociables por un valor nominal de $ 100.000.000 (las “Obligaciones Negociables Clase 4”) bajo su programa global para la emisión de obligaciones negociables, simples no convertibles en acciones, por un monto máximo de capital en circulación en cualquier momento de hasta $ 500.000.000 o su equivalente en otras monedas (el “Programa”). La creación del Programa, la ampliación de su monto y su prórroga fueron autorizadas por la Comisión Nacional de Valores mediante la Resolución Nº 15.158 del 25 de agosto de 2005 y la Resolución Nº 16.532 del 10 de marzo de 2011. De acuerdo con el artículo 3 de su estatuto, el Banco tiene por objeto realizar, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, cuantos negocios y operaciones autorizadas por las leyes vigentes, que rigen las entidades financieras y/o bancarias, estime conducentes el mejor desenvolvimiento de la institución, salvo aquellas que les estén expresamente prohibidas por la leyes o el Estatuto. En consecuencia, para el cumplimiento de estos fines y con carácter meramente enunciativos podrá, tanto en moneda nacional como extranjera: 1) Recibir depósitos en cuenta corriente, a plazo fijo, en caja de ahorros y en cualquier otra forma que se determine; 2) Descontar, girar, recibir, cobrar, aceptar y pagar cheques, letras de cambios, pagarés y otros títulos de comercio interior o exterior, sea por cuenta propia o de terceros; 3) Abrir créditos en cuenta corriente con o sin ganancias, a personas o sociedades y a los gobiernos o reparticiones nacionales, provinciales o municipales; 4) Hacer anticipos y préstamos, sobre depósitos o garantías de fondos públicos, títulos de renta, acciones de sociedades anónimas, monedas de oro, y plata, conocimientos, warrants y mercaderías en depósito y sobre todo título admitido a la negociación en la Bolsa de Comercio o que...

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