Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 7 de Julio de 2017, expediente CIV 001152/2005/CA001

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 1152/2005. BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. Y OTRO c/ LINO ANDREA BEATRIZ s/ EJECUCION ESPECIAL LEY 24.441 Buenos Aires, 7 de julio de 2017.- CC fs. 192 AUTOS Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 133 vuelta, contra la decisión de fs. 127. El memorial obra a fs. 128/134.

Cuestiona la ejecutante la resolución que declara perimida la instancia en las presentes actuaciones.-

Esta Sala tiene dicho que debe decretarse la caducidad de instancia en el marco del juicio hipotecario instado de acuerdo a la ley 24.441, si se reúnen los presupuestos procesales exigidos por el art.

310 y siguientes del Código Procesal, desde que luego de requerido de pago al deudor por vía extrajudicial, el acreedor hizo la presentación ante el juez competente a los efectos de adecuar el procedimiento al trámite del art. 54 y siguientes, lo que importó desde ese momento la apertura de la instancia judicial, con el consiguiente devengamiento de los plazos de perención (v. Colombo, C.J. –K., C.M., “Ejecución Hipotecaria, La Ley, Año 2005, pág. 577; esta S. en autos caratulados: “D.A.C. c/R.A.M. s/Ejecución de Hipoteca 24.441, R. 622.380; ídem CNCiv Sala K 28/11/2003, DJ, 2004-513).- Es así que en orden al tiempo transcurrido desde el dictado de la providencia de fs. 126 (de fecha 17 de abril de 2013) hasta la fecha en que el magistrado de grado decretó

de oficio la caducidad de la instancia ( 6 de octubre de...

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