Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 22 de Junio de 2015, expediente COM 029909/2014

Fecha de Resolución22 de Junio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL SALA B 29909/2014 - BANCO DE SERVICIOS FINANCIEROS S.A. c/

ALMARAZ, J.A. s/EJECUTIVO Juzgado N° 10 - Secretaría N° 100 Buenos Aires, 22 de junio de 2015.

Y VISTOS:

En atención a la índole, extensión de los trabajos realizados y las características e importancia del pleito, se reducen a setecientos quince pesos ($ 715) los honorarios de la letrada patrocinante de la demandada L.E.A. (arts. 6, 7, 19, 37 y 40 de la ley 21.839).

Se consideró como base regulatoria el monto del juicio integrado por capital e intereses (CNCom., esta S., in re “H.C.J. c/ Orbis Compañía Argentina de Seguros s/ ordinario” del 08.05.2013), devengados hasta la fecha del auto regulatorio de primera instancia. E., los estipendios deberán entenderse fijados a esa fecha.

Los honorarios revisados, fueron regulados a fs. 62.

P. a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose al Sr. Juez a quo las notificaciones...

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