Remates / Banco Quilmes S.A. Vs. Gutierrez Ricardo Eduardo. Aviso Nro: 127296

Fecha de la disposición23 de Mayo de 2007
Número de Boletín26543
Fecha de Publicación23 de Mayo de 2007

Martillero Daniel Habib POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la VIIa. Nominación, a cargo de la Dra. Ana Pizzicanella Blasi, Juez; Secretaría de la autorizante, Dra. Mercedes de los Ángeles Martínez de Pastorino, tramitan los autos caratulados "BANCO QUILMES S.A. VS. GUTIERREZ RICARDO EDUARDO S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA", Expte. N° 9800/98, en los cuales se ha dispuesto hacer conocer las providencias que a continuación se transcriben: ///San Miguel de Tucumán, 16 de abril de 2007.- Atento lo peticionado y razones dadas, fijase nueva fecha para que tenga lugar subasta ordenada en autos.- A sus efectos señalase el día 24 de Mayo del Año 2.007 a hs. 11.30.- Notifíquese conjuntamente con providencia dictada el 28.03.07.- Personal.- Fdo. Dra. Ana Pizzicanella Blasi Juez.- ///San Miguel de Tucumán, 28 de marzo de 2007.- Agréguese y téngase presente. Atento lo solicitado y estado de la causa, a remate el inmueble hipotecado de autos, ubicado en Luis Braille entre las calles Carlos Saavedra Lamas y Alberto Houssay, Mzna.I; L/C6 - Yerba Buena - Barrio IMBA, Matrícula T-04856 (Tafi).- Padrón inmobiliario 481.860; Matricula Catastral N° 9139/5204; C.I; Sec. N; Manz. 101C; Parcela 6; Subparcela 000, la subasta se llevará a cabo por el Martillero Público Daniel Habib, M.P. N° 306 el día 27 de abril de 2007 a hs. 11.30, en el local ubicado en calle 9 de Julio N° 421 de ésta ciudad, teniendo como base la suma $27.391,89 (veintisiete mil trescientos noventa y uno con 89/100) importe de su valuación fiscal atento que la planilla sobre la cual peticiona la base el actor la misma no se encuentra en la causa, dinero de contado y al mayor postor; estando a cargo del comprador comisión del Martillero, 3% ley de sellos, deudas fiscales y por servicios.- Al momento de la subasta el adquirente deberá hacer entrega del 10% del precio obtenido; el saldo, una vez aprobado el remate (arts. 559 inc. 3 y 564 del C.P.C.).- Dispónese que del importe obtenido de la subasta ordenada se retendrá el 1,5% en concepto del impuesto establecido en la Resolución General N° 3026 de la D.G.I. y el 0,5% del producido de la subasta como aporte al Colegio de Martilleros de conformidad con lo establecido por el art. 60 inc. c de la Ley 7.628, a cargo del actor de esta ejecución.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en otro diario de mayor circulación por el término de tres días (art. 558 del C.P.C.).- Hágase constar en los mismos la total...

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