Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 29 de Diciembre de 2016, expediente COM 018545/2016

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 18545/2016/CA1 BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SISTEM COP S.R.L. Y OTRO S/EJECUTIVO.

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016.

  1. La entidad ejecutante apeló en fs. 68 la sentencia de trance y remate de fs. 66, en tanto rechazó la capitalización trimestral de los réditos.

    El memorial de fs. 71/74 fue respondido en fs. 85.

  2. Debe señalarse inicialmente que, tratándose de una cuenta corriente bancaria, la normativa en la materia impone la capitalización trimestral automática de intereses, en tanto no exista pacto en contrario (ccom 795 y cccn 1983; esta S., 22.9.15, “Banco Itaú Argentina S.A. c/ Lopresti, S.C.G. s/ ejecutivo” y sus citas, entre otros), por lo que habrá de admitirse la apelación de que se trata; con imposición de los gastos causídicos a cargo de la ejecutada, en su condición de perdidosa (art. 68, Código Procesal).

    Sólo resta señalar que en nada modifica esa conclusión el argumento empleado en la resolución en cuestión, habida cuenta que si durante la vigencia de la cuenta corriente los intereses eran legalmente capitalizables, su cierre por incumplimiento del cuentacorrentista no puede tener el efecto de beneficiar al deudor moroso (en similar sentido, esta S., 6.11.06, “Banco Itaú Buen Ayre S.A. c/ Milde, C.A. s/ ejecutivo”, y Sala F, 27.12.13, Fecha de firma: 29/12/2016 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE...

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