Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Diciembre de 1999, expediente Ac 76536

PresidenteLaborde-Hitters-Salas-Pisano-Negri
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1999
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á76.536á"Banco Pcia. Bs.As. c/ C., O.A. y ots. Ejecutivo. R.. de queja".

//Plata, 22 de diciembre de 1999.

AUTOS Y VISTO:

Que las decisiones recaídas en un juicio ejecutivo no revisten, en principio, carácter definitivo en los términos del art. 296 del Código Procesal Civil y Comercial (Ac. 38.556, 23-VI-87; Ac. 42.581, 4-VII-89; Ac. 56.062, 24-V-94).

Que en el caso, la resolución de la Cámara que desestima la excepción de pago por considerar que los resumenes bancarios de cuenta corriente no constituyen la documentación habitual idónea para acreditar el pago del capital reclamado en el marco del juicio ejecutivo, no reviste carácter definitivo desde que la propia alzada difiere la...

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