Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Abril de 2002, expediente Ac 84017

PresidenteHitters-Pettigiani-Salas-de Lázzari-Negri
Fecha de Resolución24 de Abril de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 84.017 “Banco de Olavarría S.A. contra C., D.M. y ot. Cobro ejecutivo. R.. de queja”.

//P., 24 de abril de 2002.

AUTOS Y VISTO:

Que si bien en principio las decisiones recaídas en un juicio ejecutivo no revisten carácter definitivo en los términos de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial, en el caso el pronunciamiento de la Cámara en cuanto decide sobre la titularidad del crédito en ejecución, reviste el mencionado carácter toda vez que la cuestión no podrá ser discutida en el juicio ordinario posterior (art. 551, Cód. cit.; conf. causa Ac. 44.061, sent. del 5-XI-1996).

Por ello, haciéndose lugar a la queja traída se declara mal denegado el recurso extraordinario de nulidad interpuesto, el que se concede...

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