Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 1, 23 de Agosto de 2016, expediente FRE 031001292/2006/CA001

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA 31001292/2006 BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ OLMEDO, VICENTE Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA SISTENCIA, 23 de agosto de 2016.- CPJ Y VISTOS:

Para dictar sentencia en estos autos caratulados: “B.N.A. C/ OLMEDO VICENTE Y CANIZA CARMEN H. S/ EJECUCION HIPOTECARIA” EXPTE. N°

FRE 31001292/2006/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Formosa, que vienen a estudio y consideración de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora; y CONSIDERANDO:

  1. El juez a quo hizo lugar al planteo de caducidad de instancia formulado por la demandada. Contra dicha sentencia interpuso la actora recurso de apelación, el que fue concedido en relación y con efecto suspensivo a fs. 109. A fs. 110/113 vta. obra expresión de agravios, los que fueron contestados por la demandada a fs. 115/116 vta.

    Radicadas las actuaciones ante este Tribunal de Alzada, se procedió al llamamiento de autos para resolver.

  2. Luego de relatar los antecedentes de autos y referirse a lo decidido en la causa, agravia a la accionante que el a quo considere que no ha existido impulso alguno durante el lapso previsto en la ley pues, contrariamente a ello, su parte, a través del escrito de fs. 94, de fecha 20/08/08 y ante lo que surge del informe del Registro de la Propiedad Inmueble solicita se intime a la actora a presentar copia de la escritura de compraventa efectuada con el objeto de determinar dicho extremo en el acto de citación. Reputa que el referido escrito es claramente impulsorio por lo que resulta palmario el interés de la actora de mantener vivo el proceso.

    Invoca el carácter restrictivo del instituto, cita doctrina en abono de su postura y advierte sobre lo avanzado del trámite en este proceso.

    Reserva el Caso Federal y finaliza con petitorio de estilo.

    Fecha de firma: 23/08/2016 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.V., SECRETARIA Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA #28768674#160006726#20160823113048486

  3. Tras el análisis de los agravios precedentemente sintetizados, dejamos anticipado –desde ya- que los mismos no pueden prosperar.

    En efecto, en primer lugar cabe señalar que el escrito de fs. 94 carece –tal como lo puntualiza el a quo- de efectos interruptivos toda vez que como surge del proveído de fs. 95, tuvo como consecuencia que se tenga por presentado al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR