Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 12 de Abril de 2017, expediente FCB 012276/2014/CA001

Fecha de Resolución12 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MERLO, I.C. s/ COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO”

En la Ciudad de Córdoba a doce días del mes de abril del año dos mil diecisiete, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MERLO, I.C. s/ COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

(Expte. N° FCB 12276/2014/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación en subsidio deducido por la representación jurídica del Banco de la Nación Argentina en contra del proveído de fecha 26 de agosto de 2016 dictado por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, en cuanto dispuso: “... en virtud de que la cédula de notificación al demandado no fue diligenciada conforme lo previsto por el art. 339 del CPCCN, déjese sin efecto el llamado de autos para sentencia, debiendo cursarse nueva notificación al domicilio real de la demandada dando cumplimiento a lo previsto por la norma citada....” .

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: A.G.S. TORRES – L.R.R. –L.N..

El señor Juez de Cámara, doctor A.G.S.T., dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal, en virtud del recurso de apelación en subsidio deducido por la representación jurídica del Banco de la Nación Argentina (fs. 68/69vta.) en contra del proveído de fecha 26 de agosto de 2016 (fs. 65) dictado por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, en cuanto dispuso: “... en virtud de que la cédula de notificación al demandado no fue diligenciada conforme lo previsto por el art. 339 del CPCCN, déjese sin efecto el llamado de autos para Fecha de firma: 12/04/2017 Alta en sistema: 09/05/2017 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #19645716#174709215#20170417095539529 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MERLO, I.C. s/ COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO”

    sentencia, debiendo cursarse nueva notificación al domicilio real de la demandada dando cumplimiento a lo previsto por la norma citada....” .

  2. Brevemente, y en lo que aquí interesa, cabe señalar que con fecha 29 de abril de 2014 (fs. 2/3) se presenta la representación jurídica del Banco de la Nación Argentina y promueve demanda ordinaria en contra de la Sra. I.C.M. -titular de una Tarjeta de Crédito Nativa Nación- persiguiendo el cobro de la suma de Pesos Siete mil doscientos setenta y uno con noventa centavos ($ 7.271,90)

    y/o lo que en más o en menos resulte de la prueba a rendirse, con más los intereses que correspondan.

    Mediante el proveído de fecha 20 de agosto de 2014 (fs. 38), el Juez A-quo dispone se imprima a los presentes el trámite de juicio ordinario y ordena se corra traslado a la accionada de la demanda y la documental acompañada por el plazo de 15 días hábiles, para que dentro de dicho plazo comparezca a estar a derecho, contestar demanda y oponer excepciones, ofrecer y acompañar la prueba pertinente.

    A fs. 39/vta. obra agregada cédula de notificación del proveído aludido precedentemente, en la cual el Juez de Paz de la Localidad de Saldán consigna que el día 2 de octubre de 2014 se constituyó en el domicilio allí indicado requiriendo la presencia del interesado y, no encontrándole, procedió a notificar la resolución mediante una cédula que dejó en el interior de dicho domicilio.

    A fs. 44/vta. se presenta el letrado apoderado del Banco de la Nación Argentina y acompaña un mandamiento de requerimiento de pago y citación de remate y una cédula de notificación, Fecha de firma: 12/04/2017 Alta en sistema: 09/05/2017 Firmado por: A.G.S. TORRES, Firmado por: L.R.R., Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO, Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA #19645716#174709215#20170417095539529 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MERLO, I.C. s/ COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO”

    ambos practicados en otra causa en que interviene la demandada y...

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