Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 28 de Marzo de 2022, expediente COM 039847/1993/CA003
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B
39847/1993 - BANCO ITAU BUEN AYRE S.A. c/ MALDONADO
ANDREA PATRICIA Y OTRO s/EJECUTIVO
Juzgado N°14 - Secretaría N°27
Buenos Aires, 28 de marzo de 2022.
Y VISTOS:
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Toda vez que el presente proceso se desarrolló bajo la vigencia de la ley 21.839, los honorarios se revisarán de acuerdo a las pautas arancelarias dispuestas en dicha legislación (conf. esta Sala in re:
Forcam S.A. c/ Shimasho S.A. y otro s/ ejecutivo
del 26.03.2019; in re: “Asociación Educacionista Arg. c/ D`Ippolito L.A. y otro s/
ejecutivo” del 21.10.2019; in re: “G.S. c/ G.V.J.
s/ ejecutivo” del 14.08.2020; in re: “T.P.A. c/ L.G.L. s/ ejecutivo” del 04.12.2020; entre otros, por aplicación del fallo de la CSJN in re: “Establecimiento Las Marías S.A. c/ Misiones Provincia de s/ acción declarativa” del 04.09.2018).
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Por ello, en atención a la índole y extensión de los trabajos efectuados en la segunda etapa del proceso, se elevan a tres mil pesos ($ 3.000) los honorarios del letrado apoderado de la parte actora,
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N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac.
31/11 y 38/13 CSJN.
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Cúmplase con la publicación a la Dirección de Fecha de firma: 28/03/2022
Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Alta en sistema: 29/03/2022
Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
instancia dejándose constancia que la presente resolución obra únicamente en soporte digital.
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Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía n° 6 (conf. Art. 109 RJN).
MATILDE E. BALLERINI
M...
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