BANCO HIPOTECARIO S.A.

Fecha de la disposición20 de Marzo de 2018

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1

SECRETARÍA NRO. 1

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1, a cargo del Dr. Alberto Alemán, Secretaría Nº 1, a mi cargo, sito en Diagonal Roque Sáenz Peña 1211, P.B, de esta Ciudad de Buenos Aires, hace saber por tres (3) días que en los autos: "UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES Y OTRO C/BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ORDINARIO - (Expte. Nº 50561/2010) ", las partes arribaron a un Acuerdo Transaccional (en adelante el "Acuerdo"), que fuera homologado por resolución del 22/12/2017, en virtud del cual Banco Hipotecario S.A.restituirá a los usuarios de la Tarjeta emitida por esa entidad, a los que se les hubiesen cobrado los cargos denominados Exceso al Límite de Compra y/o Exceso al Límite de Crédito, los importes efectivamente percibidos por tales conceptos desde el mes de diciembre de 2007 hasta el mes de diciembre de 2014, con más una compensación en proporción al monto cobrado a cada cliente no moroso y con más intereses por compensación a los clientes morosos. La forma de restitución será la siguiente: a) RESTITUCIÓN EN CUENTA PARA CLIENTES ACTIVOS NO MOROSOS: El Banco acreditará en la cuenta de cada usuario Activo no Moroso a la Fecha de Liquidación el monto que en cada caso se describe en el Anexo I del Acuerdo y que equivale al 50% del importe total de los cargos oportunamente percibidos, con más el correspondiente IVA sobre dicho reintegro, más el 50% de la Compensación Adicional convenida en el Acuerdo, prorrateada esta última en función de la acreencia individual del respectivo usuario. Sin perjuicio de ello y en forma adicional el Banco acreditará a cada usuario Activo no Moroso en la Fecha de Liquidación, la cantidad de puntos y/o millas correspondientes al Programa de Fidelización en el cual participa, equivalentes al 50% del capital remanente del total de los cargos oportunamente percibidos, así como al IVA correspondiente y asimismo al 50% de la Compensación Adicional pactada, en la proporción respectiva. Tratándose del Programa Espacio Dueños se acreditarán en la cuenta de cada usuario, 35 puntos por cada peso sujeto a restitución por este medio de pago. Tratándose del Programa de Millaje, se acreditará una milla por cada $ 0,50 sujeto a restitución por este medio. Cuando en función de dicho cálculo el número de millas a acreditar conlleve decimales, se redondeará acreditando el número de millas correspondiente al número entero inmediatamente superior. Se destaca que en...

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