Sentencia nº 9 de Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral - Reconquista, 23 de Diciembre de 2014

Presidente4451/15
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2014
EmisorCámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral - Reconquista

Tomo 16 - Resolución 511/14 - Fs. 197.

En la ciudad de Reconquista, a los 23 días de Diciembre de 2014, se reúnen los Jueces de esta Cámara, D.. A.C., S.D.F. y C.C., para resolver los recursos interpuestos contra la resolución dictada por la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación, Distrito N° 4, de Reconquista, Santa Fe, en los autos: "BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. c/ CABALLERO, SERGIO RAÚL s/ EJECUTIVO", Expte. N° 09, año 2013. Acto seguido el Tribunal establece el orden de votación conforme con el estudio de autos: C., D.F. y C. y se plantean las siguientes cuestiones:

PRIMERA

¿Es nula la sentencia apelada?

SEGUNDA

¿Es justa la sentencia apelada?

TERCERA

¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A la primera cuestión el Dr. C. dijo: el recurso de nulidad no es sostenido en esta Alzada, y no advierto irregularidades que hagan menester considerar de oficio la cuestión planteada, por lo que voto por la negativa.

A la misma cuestión, el Dr. D.F. vota en igual sentido y el Dr. Corti luego de analizar la cuestión se abstiene de emitir opinión conforme lo dispuesto por el art. 26 de la ley 10.160.

A la segunda cuestión, el Dr. C. dijo: El Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. por medio de sus apoderados, inicia juicio ejecutivo contra S.R.úl C., por el cobro de la suma de pesos diez mil quinientos veinticuatro con 42/100 ($10.524,42), con más intereses compensatorios y punitorios pactados, IVA sobre intereses, gastos y costas.

Tramitado el juicio, con la oposición de excepciones (inhabilidad de título y falsedad material), el 10 de Agosto del 2012 la Jueza de Primera Instancia, rechaza las excepciones opuestas y en consecuencia manda llevar adelante la ejecución por el capital reclamado conforme lo establecido en los considerandos y con intereses pactados e IVA sobre intereses, con costas. El rechazo de la excepción de inhabilidad de título, fue fundada teniendo en cuenta que el título acompañado es un pagaré a la vista sin protesto, y que reúne todos los requisitos establecidos por la ley, siendo hábil para su ejecución y las partes legitimadas. Y en cuanto a la falsedad material, motiva el rechazo en que la parte demandada no ha producido la prueba a fin de demostrar que la firma no le pertenece, no logrando así desvirtuar la presunción de autenticidad de la que goza el pagaré.

Recurrida esta decisión, los agravios vertidos a fs. 60/61 refieren al rechazo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR