Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA I, 26 de Agosto de 2015, expediente CIV 003024/2005

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 3024/2005 BANCO COMAFI SA FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO ACEX c/

AGROMALEN SA Y OTROS s/NULIDAD DE CLAUSULAS CONTRACTUALES Buenos Aires, 27 de agosto de 2015.- MA AUTOS Y VISTOS:

Proveyendo a los escritos de fs.2039 y fs. 2040:

Por la actuación en la alzada, atento el interés debatido en el recurso extraordinario desestimado a fs. 1932 y las pautas establecidas en el art. 14 de la ley 21.839, regúlanse los honorarios del letrado patrocinante del codemandado J.C.P., Dr. Juan S.

Jinkus por la pieza de fs. 1894/1895 en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($ 280.000); asimismo se regulan los honorarios de los letrados apoderados de Agromalen SA., D..

G.C.A.S. y N.L.L. , por el escrito de fs. 1897/1904 en las sumas de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000) y PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($280.000) respectivamente.

R., notifíquese y devuélvase.

Se hace constar que la...

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