Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 18 de Julio de 2007, expediente B 69225

PresidenteSoria-Hitters-Genoud-Kogan-Pettigiani-de Lázzari-Roncoroni
Fecha de Resolución18 de Julio de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

-69.225 "BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES CONTRA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (DIRECCIÓN DE RENTAS) SOBRE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO. DECLARACIÓN DE TRIBUNAL COMPETENTE"

//Plata, 18 de julio de 2007.

AUTOS Y VISTOS :

  1. El representante del Banco de la Ciudad de Buenos Aires promueve una demanda contra la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires con el objeto de que se declare la nulidad de la Disposición Normativa B 12/03 emitida por dicho organismo, acto administrativo de alcance general por el cual se estableció la obligación de suministrar a dicha Dirección información que entiende amparada por el secreto bancario que establece el artículo 39 de la ley 21.526.

    Afirma que la nulidad se pide en razón de que la resolución se encuentra en franca colisión con el citado artículo de la ley 21.526, afecta el servicio que brinda esa entidad bancaria, constituyendo una violación del derecho constitucional de trabajar, comerciar y ejercer industria lícita.

    La acción fue interpuesta ante el Fuero Federal de la ciudad de La Plata según surge del sello fechador de fs. 82.

    Previo dictamen del P.F.F., el titular del Juzgado Federal Nº4 se declara incompetente y ordena la remisión de la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por considerar que la cuestión es propia de la competencia originaria que tiene atribuida ese Tribunal (fs. 85).

    La Procuradora Fiscal ante la Corte Suprema de la Nación opina que el pleito resulta ajeno a la instancia originaria el Alto Tribunal de la Nación. Ese tribunal se declara incompetente a fs. 91.

    A fs. 109 se dispone la remisión “de las presentes actuaciones a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que, conforme con lo resuelto a fs. 61, decida lo concerniente al tribunal que entenderá en la causa de acuerdo a las normas locales de aplicación…”.

    El 6-VII-07 se recibe la causa en la Secretaría de Demandas Originaria y Contencioso Administrativo del Tribunal (fs. 112).

  2. El objeto de la demanda deducida en estos autos es, claramente, la declaración de nulidad de las Disposiciones Normativas Serie “B” 12/2003, en cuanto las mismas contravienen la legislación vigente en materia de secreto bancario (art. 39 de la ley 21.526).

    Las Disposiciones Normativas impugnadas son actos administrativos de alcance general, que expresan...

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