Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 30 de Noviembre de 2020, expediente CIV 089217/2005/CA001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

89217/2005

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES c/ DEL VALLE

MARIA DE LOS ANGELES Y OTRO s/EJECUCION

HIPOTECARIA

Buenos Aires, de noviembre de 2020.- DB

AUTOS Y VISTOS:

Contra la regulación de honorarios de fecha 28.8.19 se alza el Dr. L., quien apela por bajos los emolumentos regulados a su favor con fundamento en que se han fijado en una suma muy cercano a la mínima que corresponde por aplicación del arancel.

Al respecto, tomando en consideración el monto al que asciende la liquidación de fs. 383, aprobada a fs. 387, así

como la extensión e importancia de las tareas profesionales efectuadas por el Dr. Fernando D.

L. en el presente juicio ejecutivo en el que no se han opuesto excepciones, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6,

7, 9, 19, 37,38, y 40 de la ley 21.839,

efectuados que fueron los cálculos correspondientes, se advierte que los emolumentos fijados a fs. 387, apelados por bajos, no resultan reducidos por lo que se los confirma. N. de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 31/11 y 38/13 de la CSJN. P. y oportunamente devuélvase.-

Fecha de firma...

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