Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 16 de Agosto de 2016, expediente CAF 001516/2015/CA001
Fecha de Resolución | 16 de Agosto de 2016 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 1516/2015 BANCO DE LA CIUDAD DE BS AS Y OTROS c/ BCRA-
s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 41 Buenos Aires, de agosto de 2016.- MEE Y VISTOS:
Los presentes actuados a fin de resolver la admisibilidad de la producción de la prueba ofrecida por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires –fs. 779/821, punto 21–; A.A.C. –fs. 863/882, punto VII–; S.F.B. –fs. 885/913, punto VII–; M.E.T. –fs. 916/944, punto VII–; J.E.C. –fs. 947/975, punto VII y ampliación de fs.
1048/1050–; M.J.M. –fs. 978/1006, punto VII–; F.A.S. –fs. 1009/1038, punto VII–; E.J.L. –fs. 1039/1047, punto 5–; y CONSIDERANDO:
Los señores Jueces de Cámara, D.. J.F.A. y G.F.T., dijeron:
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Que, mediante Resolución nº 656, de fecha 22 de octubre de 2014, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina sancionó al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a los señores F.A.S., J.E.C., S.F.B., A.A.C., M.J.M., M.E.T., E.J.L. y E.G., imponiéndoles a cada uno de ellos una multa de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), doscientos mil ($
200.000) y cien mil ($ 100.000), respectivamente, en los términos del inciso 3º del artículo 41 de la ley 21.526 (cfr. fs. 731/750 –sumario financiero nº 101.616/10–).
Fecha de firma: 16/08/2016 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #24654884#157136834#20160812120219400 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V
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Que, contra dicha resolución, los sancionados interpusieron recurso directo en los términos del artículo 42 de la citada ley y ofrecieron prueba documental –acompañada en anexos a fs. 822/852–, instrumental, informativa, testimonial y pericial –ver, en particular, fs. 779/821, punto 21; fs. 863/882, punto VII; fs. 885/913, punto VII; fs. 916/944, punto VII; fs. 947/975, punto VII y ampliación de fs. 1048/1050; fs. 978/1006, punto VII; fs. 1009/1038, punto VII; fs. 1039/1047, punto 5−.
Solicitaron: (i) Instrumental en poder de terceros –constancias del expediente nº 101.616/2010–; (ii) Instrumental –se permita conocer si están siendo instruidos otros sumarios por la misma infracción–; (iii) Informativa –se libre oficio a las Fiscalías con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Cámara de...
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