BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION “C” 59.601. 04/10/2011. Ref.: Comunicación “B” 10.193. Fe de erratas.

Fecha de disposición19 Diciembre 2011
Fecha de publicación19 Diciembre 2011
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para subsanar el error de transcripción detectado en el punto 11. apartado h) divulgado por la Comunicación “B” citada en la referencia.

En tal sentido, donde dice: “h) Servicios financieros: Los cupones de renta de estas notas se liquidarán trimestralmente sobre el valor nominal. El valor nominal suscripto se amortizará al vencimiento de la nota. El vencimiento del primer cupón operará el día 02.12.2012 (89 días). La forma de cálculo de los intereses es Días reales / Días reales. El cupón trimestral estará formado por un componente flotante más un spread fijo del 2,5% anual. El componente flotante se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos —BADLAR promedio bancos privados—, calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre por el Banco Central desde dos días hábiles antes del inicio de cada cupón hasta dos días hábiles antes del vencimiento de cada cupón. La liquidación de los servicios financieros que venzan en días inhábiles se efectuará el primer día hábil siguiente.”, debe decir: “h) Servicios financieros: Los cupones de renta de estas notas se liquidarán trimestralmente sobre el valor nominal. El valor nominal suscripto se amortizará al vencimiento de la nota. El vencimiento del primer cupón operará el día 02.01.2012 (89 días). La forma de cálculo de los...

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