BALLESTRACCI Adolfo Orlando s/ Quiebra s/ Incidente de Venta

Fecha de disposición18 Septiembre 2015
Fecha de publicación18 Septiembre 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33217

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14

SECRETARÍA NRO. 27

El Juzgado Nacional de 1er. Instancia en lo Comercial n° 14 a cargo de la Dra. María Virginia Villarroel, Secretaria n° 27 a mi cargo, sito en Callao 635 2° piso, comunica por tres días en el Boletín Oficial (en carácter urgente) que en autos “BALLESTRACCI ADOLFO ORLANDO s/Quiebra” (Incidente n° 11 s/Incidente de Venta Lote Calle Cul de Sac Etoneo), Pinamar, Expediente n° 35725/12 la Martillera María R. Carranza (CUIT 27-10867896-3) rematara el día 29 de Setiembre/15 a las 10,45 hs en punto en Jean Jaures 545 de la C.A.B.A. el inmueble ubicado en la calle Cul de Sac Etoneo 1041 entre Poseidón y Selene (Pdo. De Pinamar, Sup. Terreno: 1329 mts; Cubierta: 338.9 mts y semicubierta: 20.53 mts). S/constatación al 2/9/15, la propiedad consta en planta baja de Garaje, 2 duchas, baño y lavadero. Por una escalera se llega al primer piso donde encontramos un dormitorio en suite, dos dormitorios más con baño compartido, luego star, cocina y un comedor-living (integrados). Saliendo por este último ambiente al exterior se accede al sector de la parrilla y al de la pileta de natación. Subiendo una escalera más llegamos al 2do. Piso donde hay otro dormitorio en suite que consta de baño y vestidor, y sala de estar con balcón al frente, todos estos ambientes con pisos flotantes de madera. La casa carece de: artefactos sanitarios, canillas, artefactos de luces, puertas, marcos de ventanas, y pisos en la primera planta. También se observa en los techos, faltantes de chapas y muchos agujeros en las paredes. Las deudas en concepto de expensas, servicios, impuestos, tasas o contribuciones anteriores a la posesión del bien, no serán a cargo del comprador, si las posteriores. Serán admitidas ofertas bajo sobre -art. 162 del Reglamento del fuero y reglamentación del art 570 las que deberán ser...

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