Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 9 de Abril de 2010, expediente 11.784/10

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2010

sadas, Abril 9 de 2010.

Y VISTOS:

1) Que, a fs. 186/192 el a quo declara, en lo que aquí interesa,

parcialmente procedente el habeas data tendiente a completar los datos referidos al motivo de rechazo por vicio formal del cheque N° 40465378

librados contra el Banco Standard Bank Argentina SA, con costas; declara inoficioso el habeas data con relación al titular del banco datos privados Organización Veraz, sin costas; rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el BCRA, sin costas; ordena que en plazo de diez días de notificados el Standard Bank y el BCRA hagan efectiva la protección constitucional completando en el informe y en el banco de datos el motivo de rechazo por vicio formal la referencia de “Difiere Firma según digitalizada en fecha 17/02/2000 y finalmente regula honorarios a los letrados intervinientes.-

2) Que, notificadas las partes, apela el representante del Standard Bank agraviándose de:

  1. la procedencia parcial de la acción intentada,

  2. la imposición de las costas a su cargo,

  3. se agravia por el monto de los honorarios regulados a la actora y por último de la intimación de pago de la tasa de justicia (Cfr. fs. 201/209) .-

    Que, a su turno apela también la actora, quejándose por lo siguiente:

  4. si bien se ha hecho lugar a la acción de hábeas data la misma no dispone que se suprima o ratifique la información errónea;

  5. la exención de costas a la Organización Veraz S.A. y al B.C.R.A.;

  6. del monto regulado a su parte en concepto de honorarios, y solicita costas.-

    3) Que, habiéndose contestado ambos recursos (Cfr. fs. 222/224 y 225/230, respectivamente), estamos en condiciones de resolver; así es que,

    observando las constancias de autos obrantes a fs. 219/220, - informe que presenta el BCRA- , en lo que en su parte pertinente expresa que “se excluye de la Central de Cheques Rechazados el cheque N° 40465378 informado por el Standard Bank Argentina S.A …” (el resaltado y subrayado nos pertenecen), a la luz de ello, la acción intentada en autos torna abstracta la cuestión, atento a que los co-demandados (B.C.R.A y VERAZ S.A.) han satisfecho la pretensión solicitada en demanda (Cfr. fs. 13 Pto.

  7. 1er. párr.).-

    4) Que, establecido lo anterior resta ahora analizar el tema de las costas del proceso, impuestas en la instancia de grado al Standard Bank S.A,

    respecto a la eximición de las mismas a las co-demandadas Banco Central de la República Argentina y V.S.A., decisión apelada y traída a examen a este tribunal.-

    5)...

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