Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 12 de Noviembre de 2014, expediente B 73196

PresidenteHitters-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2014
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.73.196 "BAINOTTO JUAN JOSE C/ LA CAJA DE AHORRO Y SEGUROS S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7º INC. 1º LEY 12.008--"

La Plata, 12 de noviembre de 2014.

AUTOS Y VISTOS :

  1. J.J.B. demandó a la Caja de Ahorro y Seguros S.A. por incumplimiento contractual, con origen en el seguro de vida colectivo que su empleador, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, habría convenido con la firma accionada.

    Relata que el 13-IX-2010, siendo subteniente de la Policía bonaerense, sufrió un accidente personal en el ejercicio de la función, que derivó en una incapacidad estimada del 15,52% de acuerdo al dictamen de la comisión médica que se llevó a cabo el 11-I-2012.

    Afirma que en el mes de marzo de 2012 tomó conocimiento de la existencia del referido seguro, ignorado hasta aquel momento ya que no le habría sido entregado el certificado individual que daba cuenta de la existencia y alcances de la relación, en violación al derecho a la información consagrado en el art. 4 de la ley 24.240.

    En virtud de lo anterior, aduce haber intimado a la demandada a abonarle la indemnización presuntamente convenida, la que sistemáticamente se habría negado a satisfacerla, primero, alegando la prescripción de la acción y luego, sosteniendo que el reclamante no se encontraba en la nómina de asegurados proporcionada por el tomador, aun cuando de acuerdo al recibo de sueldo ofrecido como prueba documental supuestamente se le descontaba un rubro con destino a La Caja de Ahorro y Seguros S.A.

    Fracasada la instancia de mediación prevista en la ley 13.951, el actor impulsó la vía judicial.

  2. La causa se inició ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°3 del Departamento Judicial de Pergamino.

    En lo que interesa destacar, a fs. 45/46 el actor amplió la demanda contra el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en atención a lo dictaminado por la Superintendencia de Seguros de la Nación en la resolución acompañada a fs. 43/44, que en el reclamo administrativo que paralelamente se promovió habría corroborado que el demandante no se hallaba incluido en la respectiva póliza.

    En este estado, dedujo que la fuerza de seguridad omitió abonar a La Caja de Ahorro y Seguro S.A. la prima que mensualmente le descontaba de su sueldo, motivo por el cual, también correspondía dirigir contra ella la pretensión.

  3. En este nuevo esquema, a fs. 51 el juez que previno declaró oficiosamente su incompetencia por considerar...

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