Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 7 de Noviembre de 2017, expediente CAF 040987/2017/CA001

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 40.987/2017: “BAILON MOLINA, J.A. c/ EN -M INTERIOR OP Y

V- DNM s/ RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS”

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2017.- SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por pronunciamiento del 8 de septiembre del corriente año, la Sra. Juez de primera instancia decidió rechazar -con costas- el recurso interpuesto por J.A.B.M. y, en consecuencia, confirmar las disposiciones aquí recurridas, que fueran dictadas en el expediente administrativo Nº 2030560/2006.

Para así decidir, en primer lugar, desestimó

-remitiendo al dictamen fiscal- el planteo de inconstitucionalidad formulado en relación con el procedimiento sumarísimo establecido en el decreto 70/17. En cuanto a la cuestión de fondo, indicó que -en autos- se trataba de dilucidar si se ajustaba a derecho la Disposición SDX Nº 000300 del 4/01/2016, mediante la cual se había ordenado la expulsión del extranjero, prohibiéndole el reingreso al País con carácter Permanente, en el marco del expediente administrativo Nº2030560/2006. Destacó que en esa Disposición, el extranjero J.A.B.M. había sido encuadrado en el supuesto previsto por el inciso c) artículo 29, y por el inciso j) del art. 3 de la ley Nº 25.871, vigente al momento del dictado de dicho acto.

En el análisis del planteo de autos, consideró que la situación del extranjero encuadraba en los impedimentos para ingresar y permanecer en el territorio nacional, preceptuados en el inc. c) del art. 29 de la ley 25.871. Asimismo, destacó que tomando en cuenta los hechos y la prueba aportada a la presente causa, advertía que el recurrente no había rebatido los sólidos argumentos expuestos por la demandada al tiempo del dictado de las disposiciones cuestionadas en autos; los que resultaban Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 09/11/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #30079683#192687405#20171107114933607 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 40.987/2017: “BAILON MOLINA, J.A. c/ EN -M INTERIOR OP Y

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actos ajustados a derecho por cuanto se habían limitado a considerar que se encontraba configurado uno de los supuestos objetivos previsto como causas impedientes que la habilitaban como autoridad de aplicación a denegar su solicitud de residencia y ordenar su posterior abandono del territorio nacional.

Por otro lado, señaló que la intervención de la Defensora Pública de Menores e Incapaces solicitada por la parte actora no podía prosperar, ya que los menores no eran parte en el procedimiento de expulsión, la ley 25.871 no había previsto la participación necesaria de los hijos menores del interesado, ni éstos contaban con una pretensión autónoma para oponerse a la validez del acto que declaró irregular la permanencia de su padre y ordenó su expulsión (vide fs. 96/100).

II- Que, contra la sentencia de primera instancia, interpuso recurso de apelación la Sra. Defensora Pública Coadyuvante integrante de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación a fs. 101/12.

La recurrente cuestiona que no se le haya dado intervención al Defensor de Menores e Incapaces. Pone de resalto que, en el caso, la expulsión del Sr. B.M. traería aparejado el desmembramiento de su grupo familiar, o bien la necesidad de que todos cambiaran el lugar de residencia habitual y, por ende, el centro de vida. Sostiene que corresponde que se involucre al menor en el proceso, que se lo escuche y se tenga en especial consideración su interés superior. Afirma que el niño se encuentra inserto dentro de un grupo vulnerable, el cual debe ser objeto de especial protección por parte de los operadores del derecho. Apunta que en la causa se ha impedido que se active el mecanismo tendiente a la concreción Fecha de firma: 07/11/2017 Alta en sistema: 09/11/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #30079683#192687405#20171107114933607 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 40.987/2017: “BAILON MOLINA, J.A. c/ EN -M INTERIOR OP Y

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de la protección del menor, lo cual constituye una violación al derecho de defensa en juicio y debido proceso del niño aquí involucrado.

Por otro lado, aduce que no se le ha permitido ejercer el derecho de defensa en toda su amplitud, pues la...

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