Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Septiembre de 2017, expediente p 128057

PresidentePettigiani-de Lázzari-Soria-Genoud
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 128.057-RQ - “B., O.R. s/ Recurso de queja, en causa n° 68.257 del Tribunal de Casación Penal, Sala II”.

    ///Plata, 13 de septiembre de 2017.-

    AUTOS Y VISTOS:

    La presente causa P. 128.057-RQ, caratulada: “B., O.R. s/ Recurso de queja, en causa n° 68.257 del Tribunal de Casación Penal, Sala II”,

    Y CONSIDERANDO:

    1. La Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal, mediante el pronunciamiento dictado el 6 de septiembre de 2016 y en lo que aquí interesa destacar, declaró inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley incoado por la defensa técnica de O.R.B., contra la sentencia de ese órgano que -también en lo que aquí corresponde señalar- rechazó el remedio de la especialidad intentado frente a la sentencia del Tribunal en lo Criminal n° 1 de San Nicolás, que lo había condenado a la pena de dieciocho años de prisión, accesorias legales y costas, por hallarlo autor penalmente responsable de los delitos de homicidio agravado por el uso intimidatorio de arma de fuego y portación ilegal de arma de guerra, en concurso real (fs. 2/6).

      Para así resolver, juzgó que si bien se encuentran abastecidos los presupuestos del art. 494 del C.P. -en lo referente al monto sancionatorio impuesto y la materia de los agravios- los recurrentes se desentendieron de la motivación expuesta en el fallo atacado para desestimar el recurso de casación. En ese raciocinio, indicó que los desarrollos del líbelo resultan una reedición de los plasmados en el remedio casatorio sin “críticas concretas dirigidas contra la motivación expuesta para rechazarlos”. Agregó que el embate vinculado a la solicitud de inimputabilidad del encartado se cimentó en una diferente y particular valoración probatoria, temática de excepción que se encuentra “por fuera de los supuestos legales y convencionales que viabilizarían su formal introducción en la vía extraordinaria en tratamiento”. Recordó el objeto de la doctrina de la arbitrariedad, y concluyó en la ausencia de aptitud y carga técnica necesaria del remedio empleado a fin de argumentar que, en el caso, se encuentran involucradas, de manera directa e inmediata, cuestiones federales que debieran ser atendidas por esta Corte.

    2. Frente a ello, los señores Defensores Particulares -doctores C.A.I. y F.G.- articularon recurso de queja (fs. 74/87).

      L., alegaron el cumplimiento de los requisitos formales de la impugnación y realizaron una reseña de los antecedentes, tanto del supuesto fáctico como del iter procesal del caso (fs...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR