Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 17 de Agosto de 2023, expediente CCF 003495/2001/CA003

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa 3495/01/CA3 B.R. y otros c/ Estado Nacional Ministerio de Economía y Producción y otro s/ proceso de conocimiento Buenos Aires, 17 de agosto de 2023

VISTOS: el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el doctor R.L. mediante el escrito presentado el 18

de febrero de 2023 contra la resolución del 16 del mismo mes y año; y CONSIDERANDO:

I- El doctor M.M.R.L. solicitó que, atento a que habían concluido los trámites tendientes al pago de los honorarios del perito contable C.B. (ver regulación del 1/12/00), se le regularan sus honorarios por los trabajos realizados (escrito del 9/2/23). Dicha petición fue denegada por el señor juez de primera instancia con fundamento en que las tareas llevadas a cabo por el letrado del experto contable, que consistieron únicamente en la presentación de la liquidación y solicitud de transferencia respectiva, resultaban propias del cobro judicial del crédito. El profesional cuestionó esta resolución pues afirma que los trabajos posteriores a la sentencia, encaminados a la realización del derecho reconocido, merecen una retribución autónoma.

II- De las constancias de la causa surge que los trabajos realizados por el letrado patrocinante del perito contable, doctor R.L., consistieron en: apelar la regulación de honorarios del experto contable por baja (escrito del 15/11/19);

solicitar la elevación de la causa a esta instancia (escritos del 31/7/20

y 14/8/20) y requerir la vinculación del domicilio electrónico del Estado Nacional (escrito del 9/10/20). A los efectos de hacer cumplir la resolución dictada por esta Sala el 1 de diciembre de 2020 que revisó la regulación de honorarios correspondientes al perito contador: denunció la sucursal bancaria donde se debía transferir una parte de los honorarios del perito contable (escritos del 29/12/20 y 18

3/21), intimó al Estado Nacional a realizar la previsión presupuestaria del resto de los honorarios (escrito del 10/4/22) y solicitó su transferencia a la cuenta del perito contable (11/7/22).

Fecha de firma: 17/08/2023

Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

En tales condiciones, valorando que del relato efectuado surge que todas las presentaciones realizadas por el letrado patrocinante se relacionan con la determinación y percepción de los honorarios del experto contable y que dichos...

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