B. D. M. T.c/ SUCESION T. D.B. Y OTROS s/DIVISION DE CONDOMINIO

Número de registro180970216
Fecha08 Junio 2017
Número de expedienteCIV 009319/2011/CA002

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G EXPTE. N° CIV 9319/2011 – B.D.M.T. c/S.T.D.B. Y OTROS s/ DIVISIÓN DE CONDOMINIO.

RECURSO N° CIV 009319/2011/CA002 FOJA: 351.

Buenos Aires, de junio de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la providencia de fs. 322, por cuanto el juez de grado prorrogó el plazo para cumplir con el compromiso asumido por los demandados (en la audiencia de la que da cuenta el acta de fs. 291) y les impuso astreintes por la suma de $40 diarios (a contar desde el 12 de septiembre de 2016, conforme la aclaratoria de fs. 329 vta.), se alza la parte actora.

    Se agravia la recurrente tanto del monto de la sanción -por estimarlo exiguo- como de la fecha de inicio para su cómputo aspirando a que se retrotraiga al 7 de junio de 2016. Funda su crítica en el largo tiempo transcurrido desde que se dictó sentencia por división del condominio sin que los accionados finalizaran los trámites de inscripción de los procesos universales de sus familiares (de fecha 11-10-2013, vide fs. 145/146; confirmada por esta Sala el 15-7-2015, cf. fs. 255/258), y las sucesivas prórrogas concedidas a los emplazados.

  2. Por la función conminatoria característica de las astreintes, para que éstas se pongan en marcha es menester que previamente el juez intime al obligado a cumplir un determinado deber impuesto en una resolución judicial bajo apercibimiento de aplicarlas, dado que en una primera etapa sólo importan una...

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