Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 18 de Julio de 2019, expediente CFP 009201/2018/5/CA007

Fecha de Resolución18 de Julio de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 9201/2018/5/CA7 Sala II - CFP 9201/2018/5/CA7 O’B. C., B. T. s/excarcelación Juzgado 11 - Secretaría 21 Buenos Aires, 18 de julio de 2019.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que las presentes actuaciones se elevaron a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa técnica de B. T. O’B. C., ejercida por el Dr. J.M.H., contra la decisión adoptada por el Sr. Juez de grado a fs. 3/5 de este incidente, a través de la cual resolvió no hacer lugar a la excarcelación solicitada.

  2. La defensa postuló la libertad su asistido, respecto de la cual la representante del Ministerio Público Fiscal no encontró obstáculos, anclado en la debida identificación, el arraigo y la ausencia de antecedentes penales que rodean sus condiciones particulares.

    Dichas circunstancias, a su criterio, no pueden ser conmovidas por el estado incipiente de la investigación.

  3. Pues bien. Ha de recordarse que O’B. ha sido recientemente indagado en orden a su intervención en una organización delictiva cuya finalidad era la falsificación y comercialización de documentos apócrifos, entre los cuales se destacan títulos y certificados de educación secundaria, terciaria y universitaria -conf. fs. 844/51-.

    Si bien no toca aquí adentrarse en el análisis del mérito que lleva la prueba reunida a su respecto, es oportuno indicar que si bien la expectativa de pena que sobre el nombrado se proyecta -en tanto los hechos han sido provisoriamente encuadrados en las previsiones del artículo 210, primer párrafo en concurso real con el artículo 292, primer párrafo del Código Penal, reiterado en setenta y tres ocasiones-, los restantes elementos indicadores de riesgo que a su respecto se verifican no llevan la entidad exigida como para sustentar con suficiencia la restricción de su libertad.

    R. que, si bien se encuentran en curso diversas diligencias orientadas a esclarecer los alcances del quehacer ilícito que se le reprocha -conf. fs. 467, 779-y 909-, juega a su favor la actitud asumida en ocasión de procederse al allanamiento de su domicilio, Fecha de firma: 18/07/2019 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: LAURA VICTORIA LANDRO, SECRETARIA DE CAMARA #33792931#239933660#20190718110036679 momento en el cual evidenció una total predisposición a colaborar con el personal actuante -conf. acta de fs. 611/2...

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