Aviso Oficial . SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, APROBADO POR RESOLUCIÓN M T N° 775\/16.

Fecha de disposición04 Enero 2017
Fecha de publicación04 Enero 2017
SecciónAsociaciones Sindicales

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE CONTROL DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, APROBADO POR RESOLUCIÓN M T N° 775/16.

ARTICULO 1

En la ciudad de La Plata, a los veinte días del mes de abril de 2004, se constituye el Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (S U T C A P R A), denominación ésta que fuera ratificada por Resolución de la Asamblea General Extraordinaria de afiliados del 30 de Diciembre de 2004 en la aprobación del estatuto social, con carácter de Asociación Profesional de Primer Grado con domicilio en la ciudad y partido de La Plata, para agrupar a toda persona, sin importar la nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso, siempre y cuando bajo relación de dependencia realicen tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores sean personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación.

Tendrá como zona de actuación todo el territorio nacional de la República Argentina, siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

ARTICULO 18

El Gobierno del Sindicato estará a cargo de los siguientes órganos de dirección, administración y representación:

  1. La Asamblea General Ordinaria y Asamblea General Extraordinaria de afiliados,

  2. La Comisión Directiva,

  3. La Comisión Revisora de Cuentas,

  4. Delegados Congresales,

  5. Junta Electoral

ARTÍCULO 44

La asociación sindical será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por ocho (8) miembros titulares a saber un Secretario General un Secretario Adjunto Un Secretario de Organización y Administración Un Secretario de Asuntos Gremiales, Un Secretario de Finanzas Un Secretario de Deporte y Acción Social, Un...

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