Aviso Oficial . SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN Y TÉCNICOS TELEFÓNICOS ARGENTINOS (O.P.S.T.T.A.), APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 930\/15.

Fecha de disposición24 Noviembre 2015
Fecha de publicación24 Noviembre 2015
SecciónAsociaciones Sindicales

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN Y TÉCNICOS TELEFÓNICOS ARGENTINOS (O.P.S.T.T.A.), APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 930/15.

Artículo 1

Nombre y Antecedentes.

A los 27 días del mes de Enero de 1961 en Asamblea General, celebrada en el salón de la Sociedad Italiana queda constituida una Organización Gremial denominada Organización del Personal de Supervisión y Técnicos Telefónicos Argentinos (O.P.S.T.T.A.) gozando de Personería Gremial bajo el Nro. 542.

Artículo 2

Ámbito Personal.

La Organización agrupará al Personal de Técnicos y de Supervisión, entendiéndose por tal aquel que realice tareas que requieran conocimientos técnicos adquiridos por capacitación dentro o fuera del ámbito empresario, o posean títulos técnicos, secundarios, universitarios o reconocidos oficialmente y el personal de Supervisión, ya sea que supervise personal propio de las empresas del presente ámbito o de sus empresas contratistas. Así quedan comprendidos los Técnicos y Supervisores, que se desempeñen en relación de dependencia, por cualquiera de las modalidades contractuales, vigentes o que se dispongan en el futuro por Ley o Convenio Colectivo de Trabajo en las empresas explotadoras y/o productoras de bienes y servicios para las Telecomunicaciones; y a aquellos que explotan directa o indirectamente el servicio de Telecomunicaciones Nacionales o Internacionales de Telefonía Celular Móvil. Entendiéndose por Telecomunicaciones las comunicaciones de audio y/o imagen, las comunicaciones de Radio, las transmisiones de datos, y toda telecomunicación en general, ya sea a través de líneas y/u ondas y/o cualquier otro medio técnico. Asimismo quedará comprendido en el presente ámbito toda innovación tecnológica sobre tales comunicaciones ya sea que se sumen a las existentes o las reemplacen.

Asimismo queda alcanzado en el presente ámbito todo servicio directo o indirecto que se preste por cualquier Empresa en el campo de las Telecomunicaciones, como ser Call Back, los servicios On Line, Locutorios, Internet, y cualquier tipo de Telecomunicación o Transmisión de Datos y/o imágenes. La presente es enunciativa, y alcanza toda innovación tecnológica que implique una explotación indirecta de las telecomunicaciones.

Quedan incluidas, las tareas y funciones comprendidas en el Convenio Colectivo y en el ámbito de representación de la personería...

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