Aviso Oficial

Fecha de disposición25 Febrero 2010
Fecha de publicación25 Febrero 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31851

AVISOS OFICIALES Nuevos MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ADMINISTRACION FEDERAL DE INgRESOS PUBLICOS DIRECCION gENERAL DE ADUANAS DIRECCION REgIONAL ADUANERA POSADAS ADUANA DE OBERA VISTO LA INSTRUCCION DE LOS PRESENTES SUMARIOS CONTENCIOSOS, y atento el estado de autos, CORRASE VISTA y cítese a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de (10) diez días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos, a presentar defensa y ofrecer pruebas que hagan a sus dichos y acompañen la documental que estuvieren en su poder. Si no la tuviere, la individualizará indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare (art.1101 C.A.), todo ello bajo apercibimiento de ser declarados REBELDES (art. 1105 C.A.). Asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento (Art.1004, 1005 y 1013 inc. g} del C.A). En caso de comparecer por interpósita persona, deberán hacerlo en los términos del art. 1030 del C.A. En las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (art.1034 C.A.). Que atento a la infracción que se les imputa, tienen el derecho de gozar de lo beneficios establecidos en el Art. 931/2 del C.A., abonando antes del vencimiento del plazo para contestar esta vista el mínimo de la multa prevista para la citada infracción, pudiendo hacerlo mediante giro postal, o giro contra Banco Nación Argentina - Suc. Oberá, a la orden de la Administración de la Aduana de Oberá y manifestando por carta certificada que imputa dicho pago, al mínimo de la multa y haciendo expreso abandono de la mercadería involucrada a favor del Estado Nacional en los términos del Art. 931 del C.A. Utilizando este beneficio --en la forma señalada procedentemente-- se tendrán por concluidas las presentes actuaciones y no se registrarán antecedentes por este Sumario Contencioso (Art. 932 2a parte del C.A.). Fdo.: Guillermo D. Bogado - Administrador Aduana Oberá, Dir. Regional Aduanera Posadas.

GUILLERMO D. BOGADO, Administrador Aduana Oberá, e. 25/02/2010 Nº 17677/10 v. 25/02/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INgRESOS PUBLICOS DIRECCION gENERAL DE ADUANAS DIRECCION REgIONAL ADUANERA MENDOZA Ajustes de Valor de Exportación R.g: 620/1999 (AFIP) Ref.: Nota Externa Nº 16/2010 (DI RAME) FECHA:

Los valores imponibles han sido definidos de acuerdo a la R.G. 620/99 y en concordancia con la Ley 22.415 (Art. 748 inc. A)...

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