Aviso Oficial .

EmisorMINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2019

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

"MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN. Conforme lo dispuesto por el Artículo 49° segundo párrafo de la Ley N° 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlos, por el presente se cita al Representante Legal de la firma "PRORAM S.A." - CUIT: 30-71046592-0 y al Representante Legal de la firma "BIOLOG S.A." \u2013 CUIT: 30-71206173-8 a fin de notificarle la Resolución N° RESOL-15-APN-SRYGS#MS de fecha 16 de abril de 2018 la que en su parte resolutiva reza: "LA SECRETARIA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA RESUELVE:

ARTÍCULO 1º

Sanciónase a la firma "BIOLOG S.A.", en carácter de propietaria de la empresa de Comercialización de Productos Médicos sita en la Avda. Boedo N° 350 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), por haber transgredido el artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 255/94.

ARTÍCULO 2°

Sanciónase a la firma "MGR IMPLANTES SA", en carácter de propietaria de la empresa de Comercialización de Productos Médicos sita en la calle Larrea N° 162 Piso 2° Dpto. "E" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000), por haber transgredido el artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 255/94.

ARTÍCULO 3°

Sanciónase a la firma "ORTOPEDIA RP S.R.L.", en carácter de propietaria de la empresa de Comercialización de Productos Médicos sita en la calle Suipacha N° 414 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000), por haber transgredido el artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 255/94.

ARTÍCULO 4°

Sanciónase a la firma "PRORAM S.A.", en carácter de propietaria de la empresa de Comercialización de Productos Médicos sita en la calle Goncalves Días N° 871 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000), por haber transgredido el artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 255/94.

ARTÍCULO 5º

Acuérdese el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, sita en la Avenida 9 de Julio Nº 1.925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de...

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